R.D. N° 1300-2024-ANA-AAA.CHCH
Resumen
SANCIONAR a la Dirección Regional Agraria del Gobierno Regional de Ica, con R.U.C. N°20409879161, con la imposición de una multa equivalente a TRES PUNTO CERO (3.0) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por realizar trabajos de ejecución de obras hidráulicas, en la Quebrada Lauta – Marmolina, ubicada en el sector Lauta, distrito de Huancano, provincia de Pisco, departamento de Ica, trabajos realizados sin contar con la respectiva autorización de la Autoridad Nacional del Agua; infringiendo la normatividad en materia de recursos hídricos, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 120°, de la Ley de Recursos Hídricos N° 29338, numeral 3. “La ejecución o modificación de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional”; concordante con el literal b. “Construir o modificar, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua; obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias, en las fuentes naturales de agua, los bienes naturales asociados a esta o en la infraestructura hidráulica mayor pública” del Artículo 277°, del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.