R.D. Nro. 125-2025-ANA-AAA.TIT
Resumen
IMPONER al Gobierno Regional de Puno, con RUC N° 20406325815, representado por el señor Richard Hancco Soncco, en su calidad de Gobernador Regional de Puno, con domicilio en la Plaza de Armas N° 356; del departamento de Puno, una sanción pecuniaria de CERO COMA CINCO (05) UIT, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por “La ejecución de obras en el rio Huito Jahuira, sin la Autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, contravenir lo dispuesto en la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, artículo 120°, numeral 3): La ejecución de obras sin autorización de la Autoridad Nacional, y, el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, artículo 277° literal b) Construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de tipo permanente en la fuente natural de agua en el rio Huito Jahuira.
La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Huancané, dentro del tercer día de efectuado el
mismo.