R.TNRCH. Nº 0642-2019-ANA
Resumen
CUT N°:47969-2018.
ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.
MATERIA: Revisión de Oficio.
SUBMATERIA: Revisión de oficio
SUMILLA: Se declara no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa N°371-2018-ANA-AAA.JZ-ALA CHL. Asimismo, se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°919-2018-ANA-AAA JZ-V, al haberse determinado que fue emitida incurriendo en las causales de nulidad previstas en los numerales 1 y 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Finalmente se extingue la licencia de uso de agua superficial otorgada a favor de Orazul Energy Perú S.A. mediante la Resolución Administrativa N°371-2018-ANA-AAA.JZ-ALA.CHL y se otorga una licencia de uso de agua a favor de la empresa Orazul Energy Egenor S. en C. por A., bajo las mismas condiciones técnicas descritas en la Resolución Administrativa N°371-2018-ANA-AAA.JZ-ALA-CHL.
MARCO NORMATIVO: Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N°022-2016-MINAGRI y Numeral 2.2 del Artículo 2° de la Resolución Jefatural N°021-2017-ANA y Numeral 1. y Numeral 2. del Artículo 10° Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General
SENTIDO: NO HABER MERITO / NULIDAD / EXTINGUIR / OTORGAR
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Es nulo de oficio en cuanto Autoridad Local está facultada para otorgar licencias de uso de agua por cambio de titular del predio siempre que se mantengan las mismas condiciones de la licencia materia de extinción
Marco normativo
Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N°022-2016-MINAGRI y Numeral 2.2 del Artículo 2° de la Resolución Jefatural N° 021-2017-ANA y Numeral 1. y Numeral 2. del Artículo 10° Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General