R.TNRCH. Nº 0629-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 316-2023.

IMPUGNANTE: Fidencio Cachique Sangama.

ORGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos generales.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 3 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

413-2024

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

Marco normativo

Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 3 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0608-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 115012-2024.

SOLICITANTE: Anibal Antonio Huarancca Junes.

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando se advierte una demora en la atención del
procedimiento, por un período que supera el doble de lo establecido, sin emitir pronunciamiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General.

SENTIDO: Fundada.

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

627-2024

Sumilla

Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando se advierte una demora en la atención del
procedimiento, por un período que supera el doble de lo establecido, sin emitir pronunciamiento.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0573-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 112029-2024.

SOLICITANTE: Industria de Palma Aceitera de Loreto y San Martín S.A.

ORGANO: DCERH.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA:  Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando se advierte una demora en la atención del
procedimiento, por un período que supera el doble de lo establecido, sin emitir pronunciamiento. 

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General.

SENTIDO: Fundada.

Fecha de Resolución

Viernes, 21 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

594-2024

Sumilla

 Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando se advierte una demora en la atención del
procedimiento, por un período que supera el doble de lo establecido, sin emitir pronunciamiento.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0558-2024-ANA

Resumen

CUT N°:  86912-2023.

IMPUGNANTE:  Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Lambayeque.

ORGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Aspectos generales.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 3 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

315-2024

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción 
se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

Marco normativo

normativo: Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 3 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la
Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0521-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 97928-2024.

SOLICITANTE: El Pino Gerpal S.A.C.

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA:  Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando se advierte una demora en la atención del
procedimiento, por un período que supera el doble de lo establecido, sin emitir pronunciamiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General.

SENTIDO: Fundada.

Fecha de Resolución

Lunes, 10 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

521-2024

Sumilla

Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando se advierte una demora en la atención del
procedimiento, por un período que supera el doble de lo establecido, sin emitir pronunciamiento.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0520-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 97922-2024.

SOLICITANTE: Inmobilaria Inti Hatari S.A.C..

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA:  Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando la autoridad cuenta con los elementos para 
resolver y no emite su decisión en un plazo razonable.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento 
Administrativo General.

SENTIDO: Fundada.

Fecha de Resolución

Lunes, 10 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

524-2024

Sumilla

Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando la autoridad cuenta con los elementos para  resolver y no emite su decisión en un plazo razonable.
 

Marco normativo

Artículo 169º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento  Administrativo General.
 

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0515-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 89411-2024.

SOLICITANTE: Pedro Jaud Taco Reategui.

ORGANO: Autoridad Administrativa del Agua Caplina Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando la autoridad cuenta con los elementos para resolver y no emite su decisión en un plazo razonable.  

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General.

SENTIDO: Fundada.

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

482-2024

Sumilla

Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando la autoridad cuenta con los elementos para resolver y no emite su decisión en un plazo razonable. 

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0490-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 74995-2024.

IMPUGNANTE: IQF del Perú S.A.

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Cumplimiento de mandato judicial.

SUBMATERIA: Licencia de uso de agua.

SUMILLA: En cumplimiento del mandato judicial se declara nulo el acto administrativo y se dispone que continúe el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 139° de la Constitución Política del Perú, artículo 4° del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial, numeral 1 del artículo 41º de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo y Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANA.

SENTIDO: Fundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 29 Mayo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

457-2024

Sumilla

En cumplimiento del mandato judicial se declara nulo el acto administrativo y se dispone que continúe el procedimiento.
 

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 139° de la Constitución Política del Perú, artículo 4° del Texto Único de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, numeral 1 del artículo 41º de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo y Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANA.
 

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0477-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 89200-2024.

SOLICITANTE: Global Agro Perú S.A.C.

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando se advierte una demora en la atención del procedimiento, por un período que supera el doble de lo establecido, sin realizar ninguna actuación.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: Fundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 24 Mayo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

491-2024

Sumilla

Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando se advierte una demora en la atención del procedimiento, por un período que supera el doble de lo establecido, sin realizar ninguna actuación.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0476-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 90287-2024.

SOLICITANTE: Alamesa S.A.C.

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando se advierte una demora en la atención del procedimiento, por un período que supera el doble de lo establecido, sin realizar ninguna actuación.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: Fundada.

Fecha de Resolución

Viernes, 24 Mayo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

483-2024

Sumilla

Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando se advierte una demora en la atención del procedimiento, por un período que supera el doble de lo establecido, sin realizar ninguna actuación

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas