R.TNRCH. Nº 0007-2025-ANA

Resumen

CUT: 101404-2024.

IMPUGNANTE: César Erasmo Alva Vigo.

ORGANO: ALA Chicama.

MATERIA: Permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Superávit hídrico.

SUMILLA: Se prescinde de la autorización de ejecución de obras cuando el solicitante cuenta con la opinión favorable del operador de la infraestructura hidráulica que va a utilizar.

MARCO NORMATIVO: Artículo 34° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Fundado, nula y reposición.

Fecha de Resolución

Jueves, 09 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

564-2024

Sumilla

Se prescinde de la autorización de ejecución de obras cuando el solicitante cuenta con la opinión favorable del operador de la infraestructura hidráulica que va a utilizar.

Marco normativo

Artículo 34° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1332-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 101406-2024.

IMPUGNANTE: Ariadna Cecilia Saavedra Timaná.

ORGANO: ALA Chicama.

MATERIA: Permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Superávit hídrico.

SUMILLA: Se prescinde de la autorización de ejecución de obras cuando el solicitante cuenta con la opinión favorable del operador de la infraestructura hidráulica que será utilizada.

MARCO NORMATIVO: Artículo 34° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: Fundado, nula y reposición.

Fecha de Resolución

Martes, 17 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

565-2024

Sumilla

Se prescinde de la autorización de ejecución de obras cuando el solicitante cuenta con la opinión favorable del operador de la infraestructura hidráulica que será utilizada.

Marco normativo

Artículo 34° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1316-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 145622-2024.

IMPUGNANTE: Desarrollo Frutícola Sudamericana S.A.C.

ORGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras.

SUMILLA:  Es nula la resolución que deniega una solicitud sin haber evaluado la documentación presentada dentro del plazo otorgado por la autoridad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10°, artículos 144° y 145° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nulo, reponer.

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

876-2024

Sumilla

Es nula la resolución que deniega una solicitud sin haber evaluado la documentación presentada dentro del plazo otorgado por la autoridad.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10°, artículos 144° y 145° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1268-2024-ANA

Resumen

CUT: 101403-2024.

IMPUGNANTE: Raissa Idelsa Isairick Saavedra Timana.

ORGANO: ALA Chicama.

MATERIA: Permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Superávit hídrico.

SUMILLA: Las obras de aprovechamiento hídrico también pueden acreditarse con la constancia otorgada por el operador de la infraestructura hidráulica.

MARCO NORMATIVO: Artículo 34° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: Fundado, nula y reposición.

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Noviembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

566-2024

Sumilla

Las obras de aprovechamiento hídrico también pueden acreditarse con la constancia otorgada por el operador de la infraestructura hidráulica.

Marco normativo

Artículo 34° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1232-2024-ANA

Resumen

CUT: 4052-2023.

IMPUGNANTE: Comisión de Usuarios Copare.

ORGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Autorización de reúso de aguas residuales tratadas.

SUBMATERIA: Autorización.

SUMILLA: Es nula la resolución que deniega la autorización de reúso cuando la motivación se basa en datos inconsistentes.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nula y reposición.

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Noviembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

002-2024

Sumilla

Es nula la resolución que deniega la autorización de reúso cuando la motivación se basa en datos inconsistentes

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1229-2024-ANA

Resumen

CUT: 246402-2023.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios de Agua de Filtraciones sector Agua Santa.

ORGANO: ALA Pisco.

MATERIA: Organizaciones de usuarios de agua.

SUBMATERIA: Reconocimiento de comité de usuarios de agua.

SUMILLA: Es nula la resolución que deniega el reconocimiento de un comité sustentada en observaciones no relacionadas a los requisitos del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 5° de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua, artículos 20° y 22° de su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI.

SENTIDO: Fundado, nulo, reponer.

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Noviembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

301-2024

Sumilla

Es nula la resolución que deniega el reconocimiento de un comité sustentada en observaciones no relacionadas a los requisitos del procedimiento.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 5° de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua, artículos 20° y 22° de su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1159-2024-ANA

Resumen

CUT: 70047-2023.

IMPUGNANTE: Tony Armas Campos en representación de la JASS Buena Vista.

ORGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica y autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: Las entidades de la administración pública no pueden cuestionar la validez de los actos emitidos por otras entidades.

MARCO NORMATIVO: Artículo 50° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nulas y reposición.

Fecha de Resolución

Jueves, 31 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

362-2024

Sumilla

Las entidades de la administración pública no pueden cuestionar la validez de los actos emitidos por otras entidades.

Marco normativo

Artículo 50° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1125-2024-ANA

Resumen

CUT: 18075-2024.

ADMINISTRADO: Juan Rolindo Tejada Cornejo.

ORGANO: ALA Tambo Alto Tambo.

MATERIA: Permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Superávit hídrico.

SUMILLA: Es nula la denegatoria de un permiso por superávit hídrico cuando la autoridad no evaluó la información hidrológica que demuestre la existencia de recursos hídricos excedentes en determinadas épocas del año, considerando la disponibilidad hídrica por encima de la curva al 75% de persistencia y con un período de registro histórico mínimo de 10 años.

MARCO NORMATIVO: Numeral 87.1 del artículo 87° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 60° de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 35.1 del artículo 35° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado y reponer.

Fecha de Resolución

Viernes, 18 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

339-2024

Sumilla

Es nula la denegatoria de un permiso por superávit hídrico cuando la autoridad no evaluó la información hidrológica que demuestre la existencia de recursos hídricos excedentes en determinadas épocas del año, considerando la disponibilidad hídrica por encima de la curva al 75% de persistencia y con un período de registro histórico mínimo de 10 años.

Marco normativo

Numeral 87.1 del artículo 87° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 60° de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 35.1 del artículo 35° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0965-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 141313-2023.

IMPUGNANTE: Consorcio Minero Horizonte.

ORGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Concurrencia de solicitudes.

SUMILLA: Cuando se presenta una solicitud concurrente de acreditación de disponibilidad hídrica; corresponde a la Autoridad evaluar el cumplimiento de requisitos y trasladarla a los demás solicitantes concurrentes.

MARCO NORMATIVO: Artículo 83° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, y artículo 15° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Fundado, nulo y reposición.

Fecha de Resolución

Viernes, 06 Septiembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

481-2024

Sumilla

Cuando se presenta una solicitud concurrente de acreditación de disponibilidad hídrica; corresponde a la Autoridad evaluar el cumplimiento de requisitos y trasladarla a los demás solicitantes concurrentes.

Marco normativo

Artículo 83° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, y artículo 15° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0912-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 138197-2022.

IMPUGNANTE: María Rosario Macedo Giraldo.

ORGANO: AAA Huarmey Chicama.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: En un procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica el opositor debe ser notificado para participar en la verificación técnica de campo.

MARCO NORMATIVO: Artículo 41° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”, subnumeral 1.2 del numeral 1 del artículo IV y artículo 62° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nula y reposición.

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

733-2023

Sumilla

En un procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica el opositor debe ser notificado para participar en la verificación técnica de campo. 

Marco normativo

Artículo 41° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”, subnumeral 1.2 del numeral 1 del artículo IV y artículo 62° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor