R.TNRCH. Nº 0730-2019-ANA

Resumen

CUT N°:54503-2019.

IMPUGNANTE: Sun Fruits Exports S.A.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar las obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros

SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por Sun Fruits Exports S.A. contra la Resolución Directoral N°047-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA en el extremo referido al monto de la multa equivalente a 4.8 UIT, por realizar descargas de aguas residuales al canal de regadío CD "La Mochica", y en consecuencia se reformula la Resolución Directoral N°1702-2018- ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA en el extremo referido en el monto de la multa, reduciéndola a 2.4 UIT, confirmándose la responsabilidad de la administrada en la comisión de la infracción tipificada en el literal q) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

MARCO NORMATIVO: Artículo 255°, literal a) del numeral 2 del artículo 257° y numeral 278.2 del artículo 278° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; literal f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: FUNDADO EN PARTE / REFORMULAR / CONFIRMAR 

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

417-2019

Sumilla

El reconocimiento expreso de la responsabilidad constituye una condición atenuante, por lo que, justifica la disminución de la multa   

Marco normativo

Artículo 255°, literal a) del numeral 2 del artículo 257° y numeral 278.2 del artículo 278° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; literal f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0787-2019-ANA

Resumen

CUT N°:45919-2019.

IMPUGNANTE: Frozen Foods S,A,C.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Razonabilidad

SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por Frozen Foods S.A. C. contra la Resolución Directoral N°132-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, en el extremo que refiere a que la multa impuesta resulta ser desproporcional, reformulándola a 3 UIT.

MARCO NORMATIVO: numeral 3 del artículo 248°, numeral 2 del artículo 255°, numeral 1 del artículo 257° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; numerales 1. y 3. del artículo 120° de la Ley de Recursos hídricos; literales a) y b) del artículo 277°, numeral 278.2 del artículo 278°  y artículo 279° del Reglamento de la Ley de Recursos hídricos

SENTIDO: FUNDADO EN PARTE / CONFIRMAR

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

252-2019

Sumilla

Se afecta el principio de razonabilidad, cuando al superar el plazo de un (1) año, la Autoridad considera el criterio de reincidencia en el momento de calificar la infracción y determinar la multa

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 248°, numeral 2 del artículo 255°, numeral 1 del artículo 257° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; numerales 1. y 3. del artículo 120° de la Ley de Recursos hídricos; literales a) y b) del artículo 277°, numeral 278.2 del artículo 278°  y artículo 279° del Reglamento de la Ley de Recursos hídricos

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0676-2019-ANA

Resumen

CUT N°:76881-2019.

IMPUGNANTE: María Leocadia Araujo.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización

SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por la señora María Leocadia Araujo Meza contra la Resolución Directoral N°555-2019-ANA-AAA-CH.CH, en el extremo referido a la sanción impuesta al señor Onofrio Araujo Sema, disponiéndose el archivo del procedimiento administrativo sancionador respecto de él; Asimismo, se declara infundado el recurso de apelación respecto a la sanción impuesta a la señora María Leocadia Araujo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del Artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y Literal f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: FUNDADO EN PARTE

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Mayo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

464-2019

Sumilla

Se desestima la apelación, en cuanto el derecho de propiedad, sobre un predio ubicado dentro del área de una fuente natural de agua, no es irrestricto; sino que se limita su ejercicio en armonía con el bien común y la ley, y toda intervención de los particulares que afecte o altere las características de los bienes de dominio público hidráulico, debe ser previamente autorizada por la Autoridad Administrativa del Agua 

Marco normativo

Numeral 6 del Artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y Literal f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0673-2019-ANA

Resumen

CUT N°:61206-2019.

IMPUGNANTE: Municipalidad Provincial de Celendín.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización / Construir o modificar obras sin autorización 

SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Provincial de Celendín contra la Resolución Directoral N°162-2019-ANA-AAA. M: en consecuencia, se revoca el Articulo Primero del referido acto administrativo en el extremo que resuelve responsabilizar y sancionar a la Municipalidad Provincial de Celendín por la comisión de la infracción tipificada como infracción en el numeral 6 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277° de su Reglamento: asimismo, se confirma la responsabilidad de la administrada en la comisión de la infracción tipificada en el numeral 3 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del articulo 277'de su Reglamento: reformulándose el monto de la multa impuesta de 0.74 UIT a 0.5 UIT.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3. y 6. del artículo 120° del Ley de Recursos Hídricos, literal a) y b) del Artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos  

SENTIDO: FUNDADO EN PARTE / REVOCAR / CONFIRMAR / REFORMULAR / CONFIRMAR

Fecha de Resolución

Jueves, 30 Mayo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

348 -2019

Sumilla

Corresponde revocar la responsabilidad del administrado, cuando no se acredita que desviaba el curso del cauce del agua, sin autorización

Marco normativo


Numeral 3. y 6. del artículo 120° del Ley de Recursos Hídricos, literal a) y b) del Artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos  

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0106-2019-ANA

Resumen

CUT N°:136090-2018

IMPUGNANTE: Agroindustrias San Jacinto S.A.A.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Tarifa por utilización de infraestructura hidráulica menor.

SUBMATERIA: Utilización de la infraestructura menor

SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de revisión interpuesto por Agroindustrias San Jacinto S.A.A. contra la Resolución Directoral N°468-2018-ANA/AAA.HCH, nulo el artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 043-2015-ANA-AAA.HCH-ALA.SLN y, en consecuencia, se confirman los valores de la tarifa por utilización de infraestructura hidráulica menor para el año 2015 establecidos en la Resolución Administrativa N°001-2015-ANA-AAA.HCH-ALA.SLN.

MARCO NORMATIVO: Numeral 187.2 del Articulo 187º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: FUNDADO EN PARTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 23 Enero, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

947-2018

Sumilla

El valor de la tarifa se determina  por la utilización de la infraestructura hidráulica menor. 

Marco normativo

Numeral 187.2 del Articulo 187º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.J. 023-2018-ANA

Resumen

Acreditar, como miembros integrantes que conformarán el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chira Piura, para el periodo 2018-2019.

Fecha de Resolución

Lunes, 22 Enero, 2018

Clasificación

Jefaturales

Autor

ANA

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