R.TNRCH. Nº 0587-2025-ANA

Resumen

CUT: 162493-2024.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios de Ayaucro.

ÓRGANO: AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Conclusión de procedimiento.

SUMILLA: Es improcedente la intervención de terceros cuando el procedimiento ha concluido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 06 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

082-2025

Sumilla

Es improcedente la intervención de terceros cuando el procedimiento ha concluido.

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0586-2025-ANA

Resumen

CUT: 87375-2024.

IMPUGNANTE: Epic Farms S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 06 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

212-202

Sumilla

El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0495-2025-ANA

Resumen

CUT: 98299-2024.

IMPUGNANTE: Carlos Emilio Jiménez Soto.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 21 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1237-2024

Sumilla

El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0532-2025-ANA

Resumen

CUT: 35320-2024.

IMPUGNANTE: Luis Martín Cárdenas García.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Recurso de reconsideración.

SUMILLA: Los pronunciamientos del tribunal que disponen la reposición del procedimiento no son objeto de recurso alguno.

MARCO NORMATIVO: Segundo párrafo del numeral 213.2 del artículo 213° del Texto Único ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 28 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

375-2024

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0523-2025-ANA

Resumen

CUT: 105340-2024.

IMPUGNANTE: Galo Palza Arias Barahona.

ÓRGANO: ALA Caplina - Locumba.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos generales.

SUBMATERIA: Acto no impugnable.

SUMILLA: Las cartas informativas no constituyen actos administrativos, sin perjuicio de que el Tribunal disponga actuaciones de oficio.

MARCO NORMATIVO: El numeral 1.1 del artículo 1º, numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116º y numeral 217.1 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 28 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1380-2024

Sumilla

Las cartas informativas no constituyen actos administrativos, sin perjuicio de que el Tribunal disponga actuaciones de oficio.

Marco normativo

El numeral 1.1 del artículo 1º, numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116º y numeral 217.1 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0512-2025-ANA

Resumen

CUT: 236516-2019.

IMPUGNANTE: Pantaleón Chambi Quiñones.

ÓRGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1252-2024

Sumilla

El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0510-2025-ANA

Resumen

CUT: 65541-2025.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Jequetepeque Clase A.

ÓRGANO: Jefatura de la ANA.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Falta de competencia.

SUMILLA: El Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas no es competente para conocer las impugnaciones contra los pronunciamientos emitidos por la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 22° de Ley de Recursos Hídricos, literal a) del artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua y literal a) del artículo 4° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

330-2025

Sumilla

El Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas no es competente para conocer las impugnaciones contra los pronunciamientos emitidos por la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua.

Marco normativo

Artículo 22° de Ley de Recursos Hídricos, literal a) del artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua y literal a) del artículo 4° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0480-2025-ANA

Resumen

CUT: 183644-2024.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Locumba Clase A.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Acto no impugnable.

SUMILLA: La conformación del grupo de trabajo que elabora el Plan de Aprovechamiento de las Disponibilidades Hídricas, no tiene la condición de acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 1º, numeral 120.1 del artículo 120º y numeral 217.2 del artículo 217º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1354-2024

Sumilla

La conformación del grupo de trabajo que elabora el Plan de Aprovechamiento de las Disponibilidades Hídricas, no tiene la condición de acto administrativo.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 1º, numeral 120.1 del artículo 120º y numeral 217.2 del artículo 217º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0478-2025-ANA

Resumen

CUT: 232684-2023.

IMPUGNANTE: Alejandro Saravia Corahua.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Agotamiento de la vía administrativa.

SUMILLA: No existe recurso de revisión en los procedimientos de recursos hídricos.

MARCO NORMATIVO: Artículo 218° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Artículo 22º de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 17.1 del artículo 17º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, artículo 23º del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

721-2024

Sumilla

No existe recurso de revisión en los procedimientos de recursos hídricos

Marco normativo

Artículo 218° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Artículo 22º de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 17.1 del artículo 17º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, artículo 23º del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0474-2025-ANA

Resumen

CUT: 273670-2023.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios Erapampa - Sacachay.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La intervención de terceros no procede cuando el procedimiento ha concluido, por lo que resulta innecesario evaluar la legitimidad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

068-2025

Sumilla

La intervención de terceros no procede cuando el procedimiento ha concluido, por lo que resulta innecesario evaluar la legitimidad.

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas