R.TNRCH. Nº 0761-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 152290-2020.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico de Aguas Subterráneas - Clase A La Yarada.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico de Aguas Subterráneas - Clase A La Yarada, en aplicación del precedente de observancia obligatoria dispuesto en la Resolución N° 730-2017-ANA/TNRCH, mediante el cual se estableció que la delimitación de sectores y subsectores hidráulicos es potestad técnica de la Autoridad Nacional del Agua, la que se ejerce de oficio y no da lugar a actos impugnables.

MATERIA: Actualización de la Delimitación del Sector y Subsectores Hidráulicos.

SUB MATERIA: Delimitacion de faja marginal

MARCO NORMATIVO: Resolución N° 730-2017-ANA/TNRCH.
Resolución Jefatural N° 154-2014-ANA.

SENTIDO: Improcedente

 

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

441-2022

Sumilla

Atendiendo a que el recurso de apelación presentado por el impugnante se encuentra dirigida a cuestionar un acto administrativo no impugnable en el entendido que la delimitación de sectores y subsectores hidráulicos no está destinada a reconocer u otorgar derechos o intereses legítimos a los particulares, debido a que es una potestad técnica de la Autoridad Nacional del Agua de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento.

Marco normativo

Resolución N° 730-2017-ANA/TNRCH.
Resolución Jefatural N° 154-2014-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0756-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 94927-2020.

IMPUGNANTE: Comunidad Campesina de San Pedro de Pihuas – Santa Rosa.

ÓRGANO: ALA Mantaro.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Comunidad Campesina de San Pedro de Pihuas – Santa Rosa contra la Resolución Directoral N° 558-2021-ANA-AAA.MAN, por haber concluido el procedimiento administrativo.

MATERIA: Licencia de Uso de agua 

SUB MATERIA: Regularizacion o formalización de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71° y Artículo 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente

 

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

514-2022

Sumilla

No es posible la intervención de un tercero, debido a que lo resuelto por la Autoridad adquiere la condición de acto firme.

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71° y Artículo 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0738-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 181480–2022.

SOLICITANTE: Graciela Trinidad Cano de Herrán.

ÓRGANO: ALA Chili / AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara improcedente la queja por defecto de tramitación formulada por la señora Graciela Trinidad Cano de Herrán contra los profesionales de la Administración Local de Agua Chili y de la Autoridad Administrativa del Agua Caplina-Ocoña, debido a que dicha administrada no forma parte del procedimiento administrativo sancionador.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUB MATERIA: Queja por Defecto de Tramitación

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 62º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente

 

Fecha de Resolución

Lunes, 12 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

729–2022

Sumilla

Se desprende que la administrada quien presentó la queja bajo análisis, no forma parte del procedimiento administrativo sancionador tramitado por la administración, no estando legitimada para interponer una queja por defectos de tramitación.

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 62º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0726-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 85081–2022.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Checacupe.

ÓRGANO: AAA Urubamba- Vilcanota.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Distrital de Checacupe contra la Resolución Directoral Nº 174-2018-ANA/AAA XII.UV, por haber sido presentada en forma extemporánea.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Construir o modificar obras sin autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente 

 

Fecha de Resolución

Lunes, 05 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

515–2022

Sumilla

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo cuando se interponga luego de vencido el plazo de 15 dias habiles contados desde el dia siguiente de notificado el acto administrativo.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0723-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 55669-2022.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento de San Jacinto, Paucarrastro, La Ranchería y Santa Rosa.

ÓRGANO: ALA Grande.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento de San Jacinto, Paucarrastro, La Ranchería y Santa Rosa contra la Carta N° 0228-2022-ANA-AAA.CHCH-ALA.G, por no constituir el referido documento un acto administrativo.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUB MATERIA: Denuncia Administrativa. 

MARCO NORMATIVO: artículo 116° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente

 

Fecha de Resolución

Lunes, 05 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

506-2022

Sumilla

Se determina que la carta no constituye un acto administrativo, pues la misma no contiene una declaración de la administración que produzca efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o 
derechos del solicitante.

Marco normativo

artículo 116° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0722-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 24075-2022.

IMPUGNANTE: Pedro Antonio Grimaldo Donayre.

ÓRGANO: ALA Ica.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Pedro Antonio Grimaldo Donayre contra la Carta N° 0355-2022-ANA-AAA.CHCH-ALA.I, por no constituir el referido documento un acto administrativo.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUB MATERIA:  Denuncia Administrativa. 

MARCO NORMATIVO: artículo 116° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente

 

Fecha de Resolución

Lunes, 05 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

516-2022

Sumilla

Se determina que la carta no constituye un acto administrativo, pues la misma no contiene una declaración de la administración que produzca efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o 
derechos del solicitante.

Marco normativo

artículo 116° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0713-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 96802–2022.

IMPUGNANTE: Comunidad Campesina San José de Curis.

ÓRGANO: ALA Ica.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Comunidad Campesina San José de Curis contra la Resolución Administrativa Nº142-2022-ANA-AAA.CHCH-ALA.I por carecer de legitimidad para obrar.

MATERIA: Reconocimiento de Comité de Usuarios

SUB MATERIA: Falta de legitimidad

MARCO NORMATIVO: Numeral 120.2 del artículo 120° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente

 

Fecha de Resolución

Jueves, 01 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

Sumilla

Este Colegiado considera que impugnante no ha logrado acreditar la legitimidad como tercero para apersonarse y cuestionar el acto materia de impugnación.

Marco normativo

Numeral 120.2 del artículo 120° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0712-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 138890-2021.

IMPUGNANTE: Liliana Janet Zavaleta Gómez.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la señora Liliana Janet Zavaleta Gómez contra la Resolución Directoral N° 657-2022-ANA-AAA.CF, por falta de legitimidad para obrar.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

 SUB MATERIA: Falta de legitimidad

MARCO NORMATIVO: Numeral 120.2 del artículo 120° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente

 

 

Fecha de Resolución

Jueves, 01 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

496-2022

Sumilla

En reiterados pronunciamientos este tribunal ha sostenido que el derecho a formular denuncias no implica necesariamente que el denunciante sea considerado como sujeto del procedimiento, ni que esté facultado para interponer recursos administrativos.

Marco normativo

Numeral 120.2 del artículo 120° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0710-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 136032-2021.

IMPUGNANTES: Yossi Kelly Mamani Quispe y otros.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declaran improcedentes los recursos de apelación interpuestos por la señora Yossi Kelly Mamani Quispe contra la Resolución Directoral N° 1830-2018-ANA/AAA.CO y el recurso de apelación interpuesto por el señor David Raúl Pari Mallea contra la Resolución Directoral N° 1628-2020-ANA-AAA.CO, por haberse presentado de manera extemporánea.

Se declara improcedente el recurso de apelación presentado por el señor Aureliano Ccallata Paquita contra la Resolución Directoral N° 1830-2018-ANA/AAA.CO, porque se ha configurado la prohibición del doble recurso simultaneo, determinada en el artículo 224° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Se declara improcedente el recurso de apelación presentado por el señor Teodoro Machaca Chuquimamani contra la Resolución Directoral N° 1628-2020-ANA-AAA.CO porque no cumple con los requisitos de los recursos impugnatorios establecidos en el artículo 221° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Ismael Machaca Chuquimamani contra la Resolución Directoral N° 1830-2018-ANA/AAA.CO; asimismo, se declaran infundados los recursos de apelación interpuestos por los señores Rina Antonia Pilco Mamani, Natali Saira Condori, Juliana Ramírez Ramírez, Pedro Mamani Condori, Mariano Mamani Condori, Antonio Ramírez Atencio, Marlyni Ramírez Atencio, Ismael Jarro Cuito y Judith Rudy Chura Torres contra la Resolución Directoral N° 1628-2020-ANA-AAA.CO, por haberse emitido conforme a Ley.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Regularizacion o formalización de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3.1 del artículo 3° del Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI.

SENTIDO: Improcedente

 

Fecha de Resolución

Jueves, 01 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

366-2022

Sumilla

Este Tribunal se concluye que los documentos presentados por su fecha de constataciones, no tienen valor retroactivo del hecho verificado, por lo cual no resultan idóneos para acreditar el uso del agua de manera pública, pacífica y continua cuando menos desde el 31.03.2004, para que los impugnantes accedan a la formalización de licencia de uso de agua solicitada.

Marco normativo

Numeral 3.1 del artículo 3° del Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0704-2022-ANA

Resumen

CUT N°:  198420-2021.

IMPUGNANTE: Policarpio Churata Ascuña.

ÓRGANO:  ALA Caplina-Locumba.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por Policarpio Churata Ascuña (encauzado de oficio como un recurso de reconsideración), debido a que su pretensión impugnatoria contra la Resolución N° 378-2022- ANA-TNRCH no se encuentra contemplada dentro de la facultad de contradicción establecida en el segundo párrafo del numeral 213.2 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA:  Permiso de uso de agua.

SUB MATERIA: Revisión de Oficio. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.2 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente

Fecha de Resolución

Jueves, 01 Diciembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

114-2022

Sumilla

La pretensión del administrado resulta improcedente, pues se orienta a cuestionar un aspecto no contemplado en la facultad de contradicción.

Marco normativo

Numeral 213.2 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor