R.TNRCH. Nº0365-2019-ANA
Resumen
CUT N°:227195-2018.
SOLICITANTE: Comisión de Regantes Comunidad de Chichillapi.
ÓRGANO: AAA Titicaca.
MATERIA: Licencia de Uso de Agua.
SUBMATERIA: Licencia de uso de agua
SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°533-2018-ANA-AAA. TIT, debido a que dicho acto administrativo no incurrió en algún vicio de nulidad.
MARCO NORMATIVO: Artículo 85° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, Numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: NO HABER MERITO
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
No corresponde declarar la nulidad cuando el acto administrativo cumple con los requisitos de forma y fondo.
Marco normativo
Artículo 85° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, Numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.