R.D. N° 0224-2016 ANA/AAA I C-O
DECLARAR improcedente el pedido formulado por Alexis Antonio Barrios Díaz, mediante la cual peticiona la extinción y otorgamiento de agua por cambio de titular.
DECLARAR improcedente el pedido formulado por Alexis Antonio Barrios Díaz, mediante la cual peticiona la extinción y otorgamiento de agua por cambio de titular.
Declarar la improcedente el pedido de la administrada sobre extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua presentada por Norma Loyola Sánchez de Samos, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución
Declarar improcedente el recurso administrativo de reconsideración interpuesto por Walter Abelardo Jacobo Zeballos en contra de la Resolución Directoral N° 769-2015-ANA-AAA I C-O.
OTORGAR Autorización de Ejecución de Estudios de Disponibilidad Hídrica de agua subterránea con perforación de pozos a favor de "COMPAÑÍA MINERA ZAFRANAL S.A.C", estudios que se ejecutarán en un plazo de 08 meses o de 240 días, según la evaluación técnica contenida en el Informe N° 021-2016-ANA/AAAICO-ALA-CM, que forma parte integrante de la presente resolución.
Declarar improcedente el recurso administrativo de reconsideración interpuesto por Celso Nazario Suca Huaricallo en contra de la Resolución Directoral N° 890-2015-ANA-AAA I C-O.
DECLARAR improcedente el pedido formulado por Manuel Huilcaya Choquehuayta, mediante la cual peticiona la extinción y otorgamiento de agua por cambio de titular.
Declarar la Extinción de la Licencia de Uso de Agua otorgada a favor de la señora Choque De Ramos, Florencia, en el predio de unidad catastral 11498, mediante Resolución Administrativa N° 400-2005-GRA/PR-DRAG/ATDRCH de fecha 2005-09-21, dejándola subsistente en lo demás que contiene y Otorgar la Licencia de Uso de Agua, según la evaluación técnica contenida en el Informe Técnico N° 008-2016-ANA-AAA.CO-ALA-CH, que forma parte integrante de la presente resolución.
Declarar improcedente el recurso administrativo de reconsideración interpuesto por la Empresa INVERSIONES PERU PACÍFICO S. A. en contra de la Resolución Directoral N° 1656-2015-ANA-AAA I C-O.
DISPONER la rectificación del error material contenido en el tercer, cuarto, quinto y sexto artículo la parte resolutiva de la Resolución Directoral N° 1816-2015-ANA/AAA l-C-O, en el siguiente sentido: Dice:"...por la desalineación por la plata ENERSUR S.A..." Debe decir: "...por la desalinización por la planta ENERSUR S.A..." Dice: "...para asegurar el uso sostenible, al conservación y protección de la calidad de recursos hídricos..." Debe decir :"... para asegurar el uso sostenible, la conservación y protección de la calidad de recursos hídricos..." Dice: "...Disponer que la Administración Local de Agua Moquegua, supervise el pago por retribución económica por el uso del agua..." Debe decir: "...La retribución económica por el uso del agua con fines energéticos se determinará de conformidad a lo señalado en el numeral 2) del artículo 2o del D.S. N° 024-2015-MINAGRI..." Dice: "...La empresa ENERSUR S.A., deberá comunicar a la Administración Local de Agua Moquegua, el inicio de la temporada de pesca..." Debe decir: "...La empresa ENERSUR S.A., deberá comunicar a la Administración Local de Agua Moquegua, el inicio de las actividades..."
Declarar improcedente el pedido de aclaración de la Resolución Directoral N° 1771-2015-ANA-AAA I C-O formulado por Fracci Ricardo Motta Taylor.
Declarar IMPROCEDENTE el pedido de Licencia de Uso de Agua con fines poblacionales en vías de regularización, solicitud presentada por la empresa SEDAPAR S.A., de acuerdo al contenido de lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar la Autorización de uso de agua subterránea con fines mineros a favor de ANGLO AMERICAN QUELLAVECO S.A., en un volumen total de hasta 240 000 m3/año, para la "construcción del Proyecto Quellaveco", ubicado en el distrito de Torata, provincia Mariscal Nieto, departamento Moquegua, y de acuerdo a la evaluación realizada por la Administración Local de Agua Moquegua y que forma parte integrante del expediente administrativo.
Declarar IMPROCEDENTE el pedido de acreditación de disponibilidad hídrica solicitado por el CONSORCIO ALTO CAYMA, de acuerdo al contenido de la presente resolución.
Declarar la extinción de la Licencia de Uso de Agua por cambio de titular otorgada a Lindaura Elvira Rosa Dávila Herrera para el predio asignado con U.C. N° 02762 de 0,37 has bajo riego, mediante Resolución Administrativa 0538-2005-GRA/PR-DRAG-ATDR.CM; dejándola subsistente en lo demás que contiene y Otorgar licencia de uso de agua según la evaluación técnica contenida en el Informe N° 298-2015-ANA-AAA.CO-ALA.CM que forma parte integrante de la presente resolución.
Actualizar el Registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua, inscribiendo la extinción y el derecho otorgado en ese mismo acto, remitiendo copia de la presente a la dirección de Administración de Recursos Hídricos, administración Local de Agua Tambo-Alto Tambo y a la Unidad del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos de esta Autoridad.
Declarar Infundado el recurso de apelación interpuesto por por Segundo Cuadros Flores, contra la Resolución Administrativa N° 012-2015-ANA-AAA.C-0-ALA.CM, ratificando su contenido, de acuerdo a lo expuesto en la presente resolución.
Imponer sanción a doña Mareosa Quispe Hinojosa, con una multa de 2,1 Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de cancelación, por infracción a la Ley de Recursos Hídricos tipificada en el literal b) del Art. 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos p) Dañar las defensas de la margen derecha del cauce del rio Majes".
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de Regularización de pozo artesanal para la obtención de licencia de uso de agua subterránea con fines poblacionales, presentada por don Ismael Prado Montoya en representación de la Municipalidad Distrital de Samuel Pastor, al no contarse con los elementos técnicos suficientes para tal fin.
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua otorgada a LUCINDA LLERENA MEDINA, mediante la Resolución Administrativa N° 406-2005-GRA/PR-DRAG-ATDR.CM, de acuerdo al contenido del Informe Técnico N° N° 0297-2015-ANA-AAA.CO-ALA.CM y al contenido de la presente resolución y Otorgar licencia de uso de agua según la evaluación técnica contenida en el Informe Técnico N° 0297- 2015-ANA-AAA.CO-ALA-CM que forma parte integrante de la presente resolución.
Declara improcedente el pedido Cambio de Nombre - Formalización de Licencia de Uso de Agua, formulado por MARÍA HERMINIA HUAYHUA CARNERO, por los considerandos glosados en la presente resolución.
Declarar la extinción de la Licencia de Uso de Agua por cambio de titular otorgada a Vicente Ernesto Llerena Pinto para el predio asignado con U.C. N° 00962 de 0,7321 has bajo riego, mediante Resolución Administrativa 0534-2005-GRA/PR-DRAG-ATDR.CM; dejándola subsistente en lo demás que contiene y Otorgar licencia de uso de agua según la evaluación técnica contenida en el Informe N° 001-2016-ANA-AAA.CO-ALA.CM que forma parte integrante de la presente resolución.:
Declarar la extinción de la Licencia de Uso de Agua por cambio de titular otorgada a Ramón Benito Torres Pastrana para el predio signado con U.C. N° 03331 de 0,60 has bajo riego, mediante Resolución Administrativa N° 0502-2005-GRA/PR-DRAG-ATDR.CM; dejándola subsistente en lo demás que contiene y Otorgar licencia de uso de agua según la evaluación técnica contenida en el Informe N° 0102-2015-ANA-AAA.CO-ALA.CM que forma parte integrante de la presente resolución.
Declarar la extinción de la Licencia de Uso de Agua por cambio de titular otorgada a Jorge Abdón Chávez Carazas para el predio signado con U.C. N° 02486.01 de 0,3808 has bajo riego, mediante Resolución Administrativa 0294-2009-ANA-ALA-CM; dejándola subsistente en lo demás que contiene y Otorgar licencia de uso de agua según la evaluación técnica contenida en el Informe N° 220-2015-ANA-AAA.CO-ALA.CM que forma parte integrante de la presente resolución.
Otorgar Licencia de Uso de Agua Superficial para uso poblacional, conforme el contenido del Informe Técnico N° 007-2016-ANA-AAA.CO-SDARH que forma parte del presente, a la Junta Administradora de Servicio de Agua de la Parcialidad de Machac Uyo del distrito de Pisacoma, para ser utilizada por la población del Centro Poblado Parcialidad de Machac Uyo, con un volumen anual de agua de hasta 8.982.0 m3, con aguas provenientes del manantial "Chaullani".
Declarar la Extinción de la Licencia de Uso de Agua otorgada a favor del señor Julio Gustavo Velásquez Begazo, para el predio con código catastral 107165, mediante Resolución Administrativa N° 464-2005-GRA/PR-DRAG/ATDRCH de fecha 2005-12-02, dejándola subsistente en lo demás que contiene y Otorgar la Licencia de Uso de Agua, según la evaluación técnica contenida en el Informe Técnico N° 332-2015-ANA-AAA.CO-ALA-CH, que forma parte integrante de la presente resolución.
Declarar la extinción de la Licencia de Uso de Agua por cambio de titular otorgada a Guillen de Calderón Angélica Cerafina y Calderón Corrales Remigio para el predio signado con unidad catastral N° 02802 de 1.7785 has bajo riego, mediante Resolución Administrativa N° 304-2007-GRA/PR-DRAG/ATDRCH; dejándola subsistente en lo demás que contiene.
Declarar IMPROCEDENTE el Recurso de Reconsideración interpuesto por don Armando Felipe Rodríguez Pinto, en contra de Resolución Directoral N° 665-2015-ANA/AAA-ICO de fecha 14 de mayo del 2015, por los considerandos glosados en la presente resolución.
Declara improcedente el pedido de Autorización de Ejecución de Estudios de Disponibilidad Hídrica de agua subterránea, presentado por SANTIAGO RICHARD CHAVEZ ORTEGA, de acuerdo al contenido de la presente resolución.
Declarar la Extinción de la Licencia de Uso de Agua otorgada a favor de Rodríguez Zevallos, Jorge Nicasio en el predio con código catastral 27493, otorgado mediante Resolución Administrativa N° 065-2006-GRA/PR-DRAG/ATDRCH de fecha 2006.03.24, dejándola subsistente en lo demás que contiene.
DECLARAR IMPROCEDENTE de plano el Recurso de Reconsideración interpuesto por la Junta de Usuarios Chili Zona Regulada en contra de la Resolución Directoral N° 170-2016-ANA-AAA I C-O, de fecha 04 de Febrero del 2016, por los considerandos glosados en la parte considerativa de la presente resolución.
Actualizar la delimitación de faja marginal del cauce de a quebrada Sin Nombre de la Unidad Hidrográfica Nivel 5 - 13257 en los distrito de Cayma y Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa
Declarar la extinción de la Licencia de Uso de Agua por cambio de titular otorgada a Juana Jesús Mendoza Llerena Vda. De Delgado para el predio asignado con C.C. N° 10602 con 4.60 ha bajo riego, mediante la Resolución Administrativa N° 033-2005-GRA/PR-DRAG-ATDR-CM; dejándola subsistente en lo demás que contiene.
Declarar la extinción de la Licencia de Uso de Agua por cambio de titular otorgado a don MARCOS YANQUI YUCRA para el predio signado con U.C. N°003116 de 0.1700 has bajo riego, mediante Resolución Administrativa N°393-2007-GRA/DRAG-ATDR.CSCH; dejándola subsistente en lo demás que contiene.
Declarar improcedente el procedimiento administrativo de Autorización de Ejecución de Estudios de Aprovechamiento Hídrico Subterráneo sin perforación de pozo exploratorio, de CUT N° 144000-2015 iniciado por la Asociación Agroganadera Industrial Tecnokana.
Declarar IMPROCEDENTE el pedido de don Melecio Leandro Ancca sobre extinción y otorgamiento de Licencia de uso de Agua, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar fundado el Recurso de Reconsideración, interpuesto por don NEMECIO GUILLERMO CORNEJO DELGADO, en contra de la Resolución Directoral N° 094-2013-ANA/AAA I C-O, en consecuencia dejar sin efecto la Resolución Directoral N° 094-2013-ANA/AAA I C-O, en base a los fundamentos expuestos en la parte considerativa.
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua otorgada a PRUDENCIO OLGA, mediante la Resolución Administrativa N° 390-2007-GRA/GRAG-ATDR.CSCH, del 18-DIC-2007.
Declarar Improcedente el pedido de Formalización de Licencia de Uso de Agua, ulado por Lino Valencia Gómez con fines agrarios, por los considerados glosados en la presente resolución.
Declarar Improcedente el pedido de Formalización de Licencia de Uso de Agua, formulado por Felipe Maque Viza con fines agrarios, por los considerados glosados en la presente resolución.
Declarar Improcedente el pedido de Formalización de Licencia de Uso de Agua, formulado por Fidel Alejandro Viza Talavera y Nila Carmen Vásquez de Viza con fines agrarios, por los considerados glosados en la presente resolución.
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua otorgada a GODOFREDO MOISES VARGAS MAYTA, mediante la Resolución Administrativa N° 549-2004-GRA/DRAG-ATDR.CSCH del 20-DIC-2004.
Otorgar licencia de uso de agua, en vías de regularización de acuerdo a la evaluación realizada mediante Informe Técnico N° 263-2015-ANA-AAA.CO-SDRH-JMPV, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua otorgada a VENTURA TICONA VICTOR MARCIAL Y RITA JULIA DELGADO CRUZ, mediante la Resolución Administrativa N°395-2007-GRA/DRAG-ATDR.CSCH del 18-DIC-2007.
Otorgar Licencia de uso de agua superficial con fines agrarios a la Comunidad Campesina Rosario Alto Ancomarca para ser utilizada en un área bajo riego de 139.81 has con un volumen de hasta 1,125,491.0 m3 proveniente de manantiales a través de su punto de captación, a ser utilizado en el territorio de la misma conforme a sus usos y costumbres ancestrales, conforme al Informe Técnico N° 265 -2015-ANA-AAA.CO-SDARH-JAMM que forma parte del presente.
Otorgar Licencia de uso de agua superficial con fines agrarios a la Comunidad Campesina Rosario Alto Ancomarca para ser utilizada en un área bajo riego de 139.81 has con un volumen de hasta 415,459 m3 proveniente de manantiales a través de su punto de captación, a ser utilizado en el territorio de la misma conforme a sus usos y costumbres ancestrales, conforme al Informe Técnico N° 271 -2015-ANA-AAA.CO-SDARH-JAMM que forma parte del presente.
Otorgar Licencia de uso de agua superficial con fines agrarios a la Comunidad Campesina de Talabaya para ser utilizada en un área bajo riego de 146.33 has con un volumen de hasta 2,917.590.0 m3 proveniente de manantiales a través de su punto de captación, a ser utilizado en el territorio de la misma conforme a sus usos y costumbres ancestrales, conforme al Informe Técnico N° 008 -2015-ANA-AAA.CO-SDARH que forma parte del presente.
Otorgar Licencia de uso de agua superficial con fines agrarios a la Comunidad Campesina de Talabaya para ser utilizada en un área bajo riego de 5.11 has con un volumen de hasta 106,611.0 m3 proveniente de manantiales a través de su punto de captación, a ser utilizado en el territorio de la misma conforme a sus usos y costumbres ancestrales, conforme al Informe Técnico N° 011 -2015-ANA-AAA.CO-SDARH que forma parte del presente.
Otorgar Licencia de uso de agua superficial con fines agrarios a la Comunidad Campesina de Talabaya para ser utilizada en un área bajo riego de 55.45 has con un volumen de hasta 1,111,092.0 m3 proveniente de manantiales a través de su punto de captación, a ser utilizado en el territorio de la misma conforme a sus usos y costumbres ancestrales, conforme al Informe Técnico N° 010 -2015-ANA-AAA.CO-SDARH que forma parte del presente.
Otorgar Licencia de Uso de Agua Superficial para Uso Poblacional, conforme el contenido del Informe Técnico N° 264-2015-ANA-AAA.CO-SDARH-JAMM que forma parte del presente, a la Junta Administradora de Servicio de Agua de la Parcialidad de Alto Llallagua del distrito de Pisacoma, para ser utilizada por la población del Centro Poblado Alto Llallagua, con un volumen anual de agua de hasta 12833.40 m3, con aguas provenientes del manantial ""Sampari".
OTORGAR licencia de uso de agua subterránea para fines agrarios, en vías de regularización a favor de Agustín Gutiérrez Alave, con DNI 00481678, de acuerdo al contenido del Informe Técnico N° 0281-2015-ANA/AAA.CO-SDARH.