RD Nº 0563-2022-ANA-AAA I CO
Declarar improcedente el pedido otorgamiento de licencia e uso de agua, formulado por Enriqueta Felipa Chire Riega, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa.
Declarar improcedente el pedido otorgamiento de licencia e uso de agua, formulado por Enriqueta Felipa Chire Riega, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa.
Declarar el improcedente la solicitud formulada por la Asociación Irrigación Ocoña , por las consideraciones expuestas en la parte considerativa.
Declarar el abandono del procedimiento administrativo de de reuso de aguas residuales domésticas tratadas proveniente de la Planta de Tratamiento Magollo
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de autorización de instalación de instrumentos de medición y ejecución de obras mínimas, a favor del Altica Construcciones S.R.L.
Establecer la responsabilidad de CONSTRUCTORA CUBA BULEJE ASOCIADOS S.A.C, e imponerle sanción de multa de 20 UITs (veinte Unidades Impositivas Tributarias),
Declarar IMPROCEDENTE el pedido de acreditación de disponibilidad hídrica, presentado por la empresa Jureliza Bienes y Servicios SAC, solicita “Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial, de acuerdo con el Informe Técnico Nº0117-2022-ANA-AAA.CO/JLEOV por los fundamentos glosados en la presente resolución.
Declarar procedente el pedido de rectificación de la Resolución Directoral N° 0341-2015-ANA-AAA.CO en lo referente al nombre de la Organización de Usuarios de Agua, presentado por Agripina Reynozo Dominguez, de acuerdo con lo glosado en la presente resolución.
Declarar improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por Vicente Florencio Copa Quispe; en contra de la Resolución Directoral N° 0379-2022-ANA-AAA.CO, por los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente el pedido de otorgamiento de licencia de uso de agua formulado por Enriqueta Felipa Chire Riega, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa.
Declarar improcedente el pedido otorgamiento de licencia de uso de agua formulado por María Soledad Caballero Riega, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa.
Declarar improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por Maristella Ciria Vildoso Arias en contra de la Resolución Directoral N° 0261-2022-ANA-AAA. CO, de fecha 18 de abril del 2022, por los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución.
Establecer la responsabilidad del Gobierno Regional de Moquegua, e imponerle sanción de multa de 25 UITs (veinticinco Unidades Impositivas Tributarias), vigentes a la fecha de cancelación, por la comisión de la infracción establecida en el inciso 3 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos “ejecutar obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”
No al lugar la oposición formulada por Junta de Usuarios Irrigación Ensenada Mejia Mollendo por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, conforme lo expuesto en el Informe Técnico Nº 053-2022-ANA-AAA.CO/BCP.
INCORPORAR a Margarita Matea Mamani Gutierrez en la licencia de uso de agua con fines agrarios otorgada a Mateo Cohaila Chambilla otorgada mediante la Resolución Administrativa N° 062-2005-GRT-DRAT-ATDRT, respecto del predio con CC 06152, conforme al contenido del Informe Técnico Nº 043-2022-ANA-AAA.CO/JMPV, de acuerdo con lo glosado en la presente resolución.
Integrar en el Artículo 2º de la Resolución Directoral N° 157-2018-ANA/AAA I C-O de fecha 25 de enero del 2018, conforme los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución y al Informe Técnico N° 0021-2022-ANA-AAA.COALA.CM/FAGL debiendo adicionarse el siguiente detalle:
Archivar el presente procedimiento administrativo sancionador iniciado en contra de Isidro Pedro Pacheco Sánchez, única y exclusivamente por los cargos establecidos en el numeral 2 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos “el incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en el artículo 57 de la Ley de Recursos Hídricos”.
Otorgar a favor de Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, con RUC N° 20503503639, el uso del agua superficial provenientes del Rio Humapalca, Rio Estique, Rio Tarucachi Rio chacavira, Rio Maure y Quebrada Canchani, con fines de ejecución del proyecto de “Servicio de Gestión y Conservación Vial por Niveles de Servicio del Corredor Val DV. Humajalso – Desaguadero y Tacna – Tarata –Capazo - Mazocruz”, distrito de Tarata, provincia de Tarata, departamento de Tacna”, de acuerdo al siguiente detalle:
PRECISAR que el segundo nombre del solicitante consignado en la Resolución Directoral N° 0296-2022-ANA/AAA.CO es Aurelia y no Aurelina, conforme a lo siguiente:
PRECISAR que el segundo nombre del solicitante consignado en la Resolución Directoral N° 0252-2022-ANA/AAA.CO es Nelly Victoria y no Victoria Nelly, conforme a lo siguiente:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 568.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de ARAMBIDE FLORES, JOAN PAUL con DNI 29252464, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 472.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de ARAMBIDE FLORES, JOAN PAUL con DNI 29252464, conforme al siguiente detalle:
Declarar IMPROCEDENTE el pedido de acreditación de disponibilidad hídrica, presentado por la empresa Boza Consultores y Contratistas E.I.R.L, solicita “Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial para el proyecto denominado: “INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE RIEGO DEL ANEXO PALTITURE, SECTORES AYMARANI, WAYLLAHUASI, CHOCURUMI, PATAHUASI, COMUNIDAD CAMPESINA DE TOLAPACA, DISTRITO DE ICHUÑA, PROVINCIA GENERAL SANCHEZ CERRO, REGIÓN MOQUEGUA,
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 155.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAMANI COAGUILA, HONORATO con DNI 29468251, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 127.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAMANI COAGUILA, HONORATO con DNI 29468251, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1896.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAMANI COAGUILA, HONORATO con DNI 29468251, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 2083.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAMANI COAGUILA, HONORATO con DNI 29468251, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 3344.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAMANI COAGUILA, HONORATO con DNI 29468251, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 849.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de ARAMBIDE FLORES, CARLOS ALBERTO con DNI 29262823, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 504.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de ARAMBIDE FLORES, CARLOS ALBERTO con DNI 29262823, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 191.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de ARAMBIDE FLORES, CARLOS ALBERTO con DNI 29262823, conforme al siguiente detalle:
Declarar IMPROCEDENTE el pedido de acreditación de disponibilidad hídrica, presentado por la empresa Boza Consultores y Contratistas E.I.R.L, solicita “Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial para el proyecto denominado: “Instalación del servicio de agua para el sistema de riego del anexo Piñotea, Comunidad Campesina de Tolapalca, distrito de Ichuña, provincia General Sánchez Cerro, región Moquegua”, de acuerdo con el Informe Técnico Nº0118-2022-ANA-AAA.CO/JLEOV por los fundamentos glosados en la presente resolución.
Extinguir la licencia de uso de agua con fines agrarios otorgada a Francisco Begazo Vargas otorgada mediante la Resolución Directoral N° 1108- 2016-ANA/AAAICO, respecto del predio con U.C. N° 24709, conforme al contenido del Informe Técnico Nº 042-2022-ANA-AAA.CO/JMPV, de acuerdo con lo glosado en la presente resolución.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 539.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAMANI COAGUILA, HONORATO con DNI 29468251, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1861.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAMANI COAGUILA, HONORATO con DNI 29468251, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 1424.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAMANI COAGUILA, HONORATO con DNI 29468251, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 9395.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAMANI COAGUILA, HONORATO con DNI 29468251, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Subterráneo por un volumen hasta 6305.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de VIZCARRA CHOQUE, LEONARDO ROSSI con DNI 42213181, CAHUANA MANCILLA, CINTHIA con DNI 44223351, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 2897.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAMANI COAGUILA, HONORATO con DNI 29468251, conforme al siguiente detalle:
Establecer la responsabilidad de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, e imponerle sanción de multa de 20 UITs (veinte Unidades Impositivas Tributarias), vigentes a la fecha de cancelación, ...
Archivar el presente procedimiento administrativo sancionador iniciado en contra de Victoria Mamani Huarache, únicamente por la comisión de la infracción tipificada en el numeral 3) del artículo 120 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos; y, en el literal b) del artículo 277 de su Reglamento.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 754.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de COAGUILA CORNEJO, CECILIA CLEOTILDE con DNI 30581730, conforme al siguiente detalle:
Declarar improcedente el procedimiento de Formalización del Uso de Agua de la organización: COMISION DE REGANTES PIACA, para uso Agrario, de acuerdo Informe de Formalización N° 0072-2022 ANA-AAA.CO-ALA.CH/JACL.
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 412.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAMANI COAGUILA, HONORATO con DNI 29468251, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 3972.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAMANI COAGUILA, HONORATO con DNI 29468251, conforme al siguiente detalle:
Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 437.00 m³/año, para uso Agrícola, a favor de MAMANI COAGUILA, HONORATO con DNI 29468251, conforme al siguiente detalle:
Declarar IMPROCEDENTE el pedido de Formalización en el marco de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA presentado por PABLA CLOTILDE CABRERA CONDORI, de acuerdo con lo fundamentado en la parte considerativa de la presente resolución.
Aprobar la conformación del Grupo de Trabajo del Plan de Aprovechamiento de las Disponibilidades Hídricas del ámbito de los Sectores Hidráulicos Menores del Valle de Tambo, Irrigación Ensenada Mejía Mollendo, Punta de Bombón, Puquina La Capilla y Omate a fin de implementar sus funciones de acuerdo al artículo 30 de la Resolución Jefatural N° 327-2018-ANA, conforme al siguiente:
Aceptar el desistimiento del procedimiento de autorización de uso de agua presentado por la Compañía Minera Zafranal S.A.C., de acuerdo a lo fundamentado en la parte considerativa y disponer el archivo del presente procedimiento.
Prorrogar la Acreditación la disponibilidad hídrica otorgada a favor de Tony Lener Duran Taco mediante Resolución Directoral N° 1707-2019-ANA/AAA.CO, de acuerdo con el Informe Técnico Nº0040-2022-ANA-AAA.CO-AT/JMPV, por única vez por el plazo de dos años adicionales; en las mismas condiciones establecidas en la citada resolución.
Declarar la suspensión del presente procedimiento administrativo a favor de Asociación Agroindustrial Los Tunales La Joya San Camilo, sobre Acreditación de disponibilidad Hídrica, por un plazo de treinta (30) días calendarios, el mismo que se compatibiliza desde la notificación de la presente resolución.