1671 - 1680 Normativas de 11480
R.TNRCH. Nº 0142-2024-ANA

CUT N°: 15202-2024.

ORGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del Director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de formalización de licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  Aprobar la abstención.

Fecha de resolución: Miércoles, 14 Febrero 2024
Descargar
R.TNRCH. Nº 0141-2024-ANA

CUT N°: 79361-2022

ORGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla

MATERIA: Procedimiento administrativo general

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del Director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de formalización de licencia de uso de agua. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  Aprobar la abstención.

Fecha de resolución: Miércoles, 14 Febrero 2024
Descargar
R.TNRCH. Nº 0140-2024-ANA

CUT N°: 115134-2023.

ORGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del Director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de formalización de licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de resolución: Miércoles, 14 Febrero 2024
Descargar
R.TNRCH. Nº 0139-2024-ANA

CUT N°: 239102-2022.

IMPUGNANTE: Comunidad Campesina de Yanacancha.

ORGANO: ALA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación es improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Miércoles, 14 Febrero 2024
Descargar
R.TNRCH. Nº 0138-2024-ANA

CUT N°: 119247-2021.

IMPUGNANTE: Romel López Pérez.

ORGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales sin autorización.

SUMILLA: Las infracciones de ocupar los bienes naturales asociados al agua son de carácter permanente, por tanto, el plazo de la prescripción no se inicia si se mantiene la acción.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal f) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 14 Febrero 2024
Descargar
R.TNRCH. Nº 0137-2024-ANA

CUT N°: 239075-2022.

IMPUGNANTE: Comunidad Campesina de Yanacancha.

ORGANO: ALA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación es improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Miércoles, 14 Febrero 2024
Descargar
R.TNRCH. Nº 0136-2024-ANA

CUT N°: 35703-2022.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización.

SUMILLA: La ejecución de obras en los bienes naturales asociados al agua que corresponden a la implementación de una Intervención de Reconstrucción con Inversiones (IRI) en el marco de la Reconstrucción con Cambios, no requieren de autorización de Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9.10 del artículo 9° y artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios aprobado mediante Decreto Supremo N° 094-2018-PCM; artículo 2° del Reglamento de la Ley N° 30556, aprobado con Decreto Supremo N° 003-2019-PCM.

SENTIDO: Fundado, nulo y archivo

Fecha de resolución: Miércoles, 14 Febrero 2024
Descargar
R.TNRCH. Nº 0135-2024-ANA

CUT N°: 112422-2021

IMPUGNANTE: Petróleos del Perú S.A

ORGANO: Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos

MATERIA: Autorización de vertimiento de aguas residuales

SUBMATERIA: Renovación de autorización de vertimiento de aguas residuales.

SUMILLA: La renovación de vertimiento de aguas residuales es improcedente cuando la solicitud recae sobre una autorización cuyo plazo ha concluido.

MARCO NORMATIVO: Artículo 79° de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 133° y 137° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 5° y numeral 27.1 del artículo 27° del Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas.

SENTIDO: Infundado

Fecha de resolución: Miércoles, 14 Febrero 2024
Descargar
R.TNRCH. Nº 0134-2024-ANA

CUT N°: 98307-2022

IMPUGNANTE: Rancho El Álamo S.A.C.

ORGANO: AAA Pampas Apurímac

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Cuando el balance hídrico determina que existe déficit corresponde denegar la acreditación de disponibilidad hídrica.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado

Fecha de resolución: Miércoles, 14 Febrero 2024
Descargar
R.TNRCH. Nº 0133-2024-ANA

CUT N°: 10305-2022.

IMPUGNANTE: Comunidad Campesina San Mateo de Huanchor.

ORGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Rectificación (Oficio, error material o pedido de parte).

SUMILLA: La rectificación de error material procede siempre que no se altere el contenido esencial ni el sentido del acto administrativo, lo cual no ocurre cuando se varía la ubicación del punto de captación, la denominación de fuentes de agua o la inclusión de un punto de descarga.

MARCO NORMATIVO: Numeral 212.1 del artículo 212° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio, carece de objeto e improcedente

Fecha de resolución: Miércoles, 14 Febrero 2024
Descargar