CUT: 208888-2023.
SOLICITANTE: : Municipalidad Distrital de Majes.
ÓRGANO: AAA Caplina Ocoña.
MATERIA: Nulidad de oficio de actos administrativos.
SUBMATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.
SUMILLA: Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental
MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: No haber mérito.