CUT N°:38788-2021.
IMPUGNANTE: Andina Tesillos de Morales y otros.
ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.
MATERIA: Licencia de uso de agua
SUBMATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua.
SUMILLA:
a) No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de los actos administrativos contenidos en la Constancia Temporal N°0042-2017-ANA-AAA I CO. Constancia Temporal N°0039-2017-ANA-AAA I CO, Constancia Temporal N°0038-2017-ANA-AAA I CO, Constancia Temporal N°0037-2017-ANA-AAA I CO, Constancia Temporal N' 0036-2017-AA/A-AAA I CO, Constancia Temporal N°0025-2017-ANA-AAA I CO y Constancia Temporal N°0024-2017-ANA-AAA I CO por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas para declarar la nulidad de oficio de dichos actos administrativos.
b) Se declaran infundados los recursos de apelación interpuestos por los señores Andina Tesillos de Morales. Emilio Mita Manuelo y Sandra Mita Castillo contra la Resolución Directoral N°1418-2019-ANA-AAA.CO, debido a que presentaron sus solicitudes de acogimiento al procedimiento de formalización y regularización de licencia de uso de agua fuera del plazo legalmente establecido en el Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI.
MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: NO HABER MERITO