CUT: 149339-2023.
IMPUGNANTE: César Octaciano Díaz León.
ORGANO: AA Huarmey - Chicama.
MATERIA: Licencia de uso de agua.
SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.
SUMILLA: En la acreditación de disponibilidad hídrica subterránea la autoridad debe evaluar si el pozo proyectado se encuentra dentro del radio de influencia de otros pozos que cuentan con derecho de uso de agua.
MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 79.1 del artículo 79°, artículos 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2010-AG.
SENTIDO: Fundado.