R.D. N° 0074-2025-ANA-AAA.CHCH
Resumen
SANCIONAR al señor Artemio Sulca Bautista, identificado con DNI N° 43535260 con la imposición de una multa equivalente a DOS PUNTO CINCUENTA Y UNO (2.51) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por la ejecución de obra hidráulica de tipo permanente, consistente en la perforación reciente de un pozo subterráneo mediante el uso de una maquina especializada, ubicado geográficamente en el punto de las coordenadas DATUM UTM (WGS-84) 427,996 mE – 8’429,876 mN, sector Santa Vicenta, distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica, sin contar con la autorización emitida por la Autoridad Nacional del Agua; incurriendo en infracción en la normatividad en materia de recursos hídricos, de acuerdo al numeral 3) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338 “Ejecución de Obras Hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, concordante con el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos “Construir (…) sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras e cualquier tipo, en las fuentes naturales del Agua”, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI. Con el agravante señalado en los numerales 3.1 del artículo 3° y numeral 4.2 del artículo 4° de la Resolución Jefatural N° 3302011-ANA; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.