SANCIONAR a los integrantes del consejo directivo de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor La Achirana Clase – B, conformada por el señor Arturo Noé Ramos Liendo, identificado con DNI N° 45818036, la señora Zoraida Esmeralda Altamirano Espino, identificada con DNI N° 21505597, el señor Hugo Hernán De La Cruz Espino, identificado con DNI N° 21478874, la señora Niria Lina Altamirano Carhuayo, identificada con DNI N° 21463523, el señor Guillermo Jesús Navarro Anyarín, identificado con DNI N° 21491859, el señor Juan Carlos Anicama Rejas, identificado con DNI N° 21492151, elseñor Otto Tolentino Uchuya Ramos, identificado con DNI N° 21406000, y el señor Ciro Miguel Palomino Ramos, identificado con DNI N° 21479666, con una multa solidaria equivalente a DOS PUNTO CINCO (2.5) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por no haber dado solución a la queja presentada por la señora Luz Marina Ramírez Hernández, respecto la obstrucción del canal de riego denominado L1 Luren L2 La Vera, ubicado en el sector Arenal, distrito de Los Aquijes, provincia y departamento de Ica, incurriendo en la infracción tipificada en el literal b) “Incumplir con atender dentro de los treinta (30) días hábiles las reclamaciones de los usuarios de agua del sector o subsector hidráulico a su cargo” del artículo 111° Reglamento de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.