SANCIONAR al señor Jhony Fredy Rojas Cuba, identificado con DNI N° 74578282, con una multa equivalente a UNO PUNTO CERO (1.0) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigente a la fecha de pago, al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por el uso del uso del recurso hídrico proveniente del manantial, ubicado en las coordenadas UTM (WGS 84) 595,365 mE – 8’376,549 mN mediante de una tubería de 1” de diámetro, la misma que conduce el recurso hídrico hasta una sala de la Planta Embotelladora de Agua Mineral denominado “Agua Puquial” para su procesamiento, posterior embotellado y comercialización, todo ello sin contar con el respectivo derecho emitido por la Autoridad Nacional del Agua; hecho que se encuentra tipificado como infracción en materia de recursos hídricos, establecido en el numeral 1 “Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso” del artículo 120° de la Ley N° 29338, de Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a) “Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso” del artículo 277° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.