R.TNRCH. Nº 1057-2024-ANA
Resumen
CUT N°: 166175-2023.
IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicio y Saneamiento Ccanllicunca Buena Vista.
ORGANO: AAA Titicaca.
MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos generales.
SUBMATERIA: Caducidad.
SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después que transcurre el plazo nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de imputación de cargos.
MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 3 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Caducidad de Oficio.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después que transcurre el plazo nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de imputación de cargos.
Marco normativo
Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 3 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.