R.TNRCH. Nº 0754-2019-ANA
Resumen
CUT N°: 81415-2019.
IMPUGNANTE: Asociación Fruticola El Bosque de Cóndor Huain.
ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.
MATERIA: Licencia de uso de agua
SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Fruticola El Bosque de Cóndor Huain contra la Resolución Directoral N°439-2019-ANA-AAA.H.CH, debido a que se ha desvirtuado el argumento de la impugnante.
MARCO NORMATIVO: Numeral 170.1° del artículo 170° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General
SENTIDO: INFUNDADO
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Si el informe técnico de la Autoridad establece que no existe disponibilidad de recursos hídricos, determina que no se pueda otorgar la acreditación de disponibilidad hídrica
Marco normativo
Numeral 170.1° del artículo 170° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General