R.TNRCH. Nº 0349-2024-ANA
Resumen
CUT N°: 31334-2020.
IMPUGNANTE: Dominga Noemy Velarde Chalco.
ORGANO: Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.
MATERIA: Procedimiento administrativo general.
SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.
SUMILLA: El recurso de reconsideración será declarado improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de vencido el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.
MARCO NORMATIVO: Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Improcedente.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
El recurso de reconsideración será declarado improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de vencido el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.
Marco normativo
Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.