CUT: 119009-2022.
IMPUGNANTE: Complejo Agroindustrial Beta S.A.
ORGANO: AAA Chapara-Chincha.
MATERIA: Licencia de uso de agua.
SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.
SUMILLA: No procede la acreditación de disponibilidad hídrica subterránea cuando el pozo proyectado se encuentra dentro del radio de influencia de otro que cuenta con constancia temporal vigente.
MARCO NORMATIVO: Numeral 79.1 del artículo 79°, artículos 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, literal d) del artículo 13° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.
SENTIDO: Infundado.