Autoridad Administrativa del Agua de Chaparra - Chincha

R.D. N° 0024-2025-ANA-AAA.CHCH

Resumen

AUTORIZAR a la señora Claudia Aramburú Villavisencio, identificada con DNI N° 43729335 y a la señora Andrea Aramburú Villavisencio, identificada con DNI N° 45998340, la perforación de un pozo en reemplazo del pozo tubular IRHS-11-01-01-59, con fines de uso productivo - agrícola, bajo las mismas características técnicas del pozo primigenio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 15 Enero, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0023-2025-ANA-AAA.CHCH

Resumen

APROBAR EL DESISTIMIENTO del presente procedimiento administrativo, presentado por el señor Julián Cipriano Rivas Quilca, en calidad de Presidente del Comité de Usuarios de Agua del Anexo de Santa Rosa; por lo tanto, DECLARAR CONCLUIDO el trámite iniciado con CUT N° 79220-2022, de acuerdo con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 15 Enero, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0022-2025-ANA-AAA.CHCH

Resumen

SANCIONAR a la Compañía Procesadora Mollehuaca S.A.C., con RUC N° 20535879762, con la imposición de una AMONESTACIÓN ESCRITA, al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por mantener en malas condiciones el dispositivo de control y medición del pozo tipo tajo abierto con código IRHS 04-03-09-001, ubicado en el punto de las coordenadas UTM (WGS-84) 601,496 mE – 8’271,768 mN; incurriendo en la infracción tipificada en el numeral 2 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos “el incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en el artículo 57º de la Ley, numeral 5 del artículo. 57° de la Ley N° 29338 “instalar los dispositivos de control y medición de agua, conservándolos y manteniéndolos en buen estado”, concordante con el literal k) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG “Mantener en malas condiciones la infraestructura hidráulica, los dispositivos de control y medición necesarios para el uso del agua o incumplir con instalar dichos dispositivos”, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 15 Enero, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0043-2025-ANA

Resumen

CUT: 141508-2023.

IMPUGNANTE: Arenuva S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Plazos.

SUMILLA: Cuando la administración realiza un cómputo erróneo del plazo de interposición del recurso corresponde declarar la nulidad de la resolución que lo rechaza.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nulo y reponer.

Fecha de Resolución

Jueves, 23 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

512-2024

Sumilla

Cuando la administración realiza un cómputo erróneo del plazo de interposición del recurso corresponde declarar la nulidad de la resolución que lo rechaza.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.D. N° 0021-2025-ANA-AAA.CHCH

Resumen

DECLARAR EL ABANDONO del procedimiento administrativo sobre Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua en el marco de la Formalización de Uso de Agua previsto en el Decreto Supremo N° 010-2020-MINAGRI y Resolución Jefatural N° 057-2021-ANA, con fines productivo – agrícola, respecto del pozo a tajo abierto con IRHS-61, ubicado en el sector Las Trancas, distrito de Vista Alegre, provincia de Nasca, departamento de Ica, promovido por el señor Manuel Ediberto Ayasta Cornejo, identificado con DNI N° 06833805; disponiendo el ARCHIVO del expediente administrativo registrado con CUT N° 39926-2022, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 14 Enero, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0020-2025-ANA-AAA.CHCH

Resumen

AUTORIZAR a la empresa Procesos Agroindustriales S.A., con RUC N° 20100227542, la  perforación de un pozo en reemplazo del pozo tubular IRHS-1101-08-89, bajo las mismas características técnicas del pozo primigenio.

Fecha de Resolución

Martes, 14 Enero, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0019-2025-ANA-AAA.CHCH

Resumen

ARTÍCULO 1°.- DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Reconsideración interpuesto por la empresa Corporación Agrolatina S.A.C, con RUC N° 20176770474 en contra de la Resolución Directoral N° 0792-2024-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 16.09.2024. Por lo tanto, CONFIRMAR, la recurrida en todos sus extremos de acuerdo con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 14 Enero, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0018-2025-ANA-AAA.CHCH

Resumen

ARTÍCULO 1°.- DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Reconsideración interpuesto por la empresa Corporación Agrolatina S.A.C, con RUC N° 20176770474 en  contra de la Resolución Directoral N° 0772-2024-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 05.09.2024. Por lo tanto, CONFIRMAR, la recurrida en todos sus extremos de acuerdo con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 14 Enero, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0017-2025-ANA-AAA.CHCH

Resumen

 SANCIONAR  al señor Nicolas Félix Monge Grimaldi, identificado con DNI N° 21797607 con una multa equivalente a CUATRO PUNTO CINCO (4.5) Unidades  Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa por construir un pozo tubular en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84): 509,477 mE - 8’347,314 mN, sector Chauchilla Alta, distrito de Vista Alegre, provincia de Nasca y departamento de Ica; sin contar con la autorización de la Autoridad Nacional del Agua; incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos tipificada en el numeral 3) "La ejecución (…) de obras hídricas sin autorización de la Autoridad Nacional" del artículo 120° de la Ley N° 29338 - Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal b) "Construir (…) sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo permanentes (…) en las fuentes naturales de agua" del artículo 277° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 14 Enero, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0016-2025-ANA-AAA.CHCH

Resumen

- SANCIONAR a la empresa Agroinversiones Valle y Pampa Perú S.A., con la imposición de una multa equivalente a CINCO PUNTO DIEZ (5.10) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por la construcción de obras hidráulicas, sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua, consistente en la perforación de un (01) pozo tubular, ubicado en el punto de las coordenadas UTM (WGS-84) 389,817 mE – 8’473,774 mN, sector Pampa de California, distrito San Andrés, provincia de Pisco y departamento de Ica, sin contar con la respectiva autorización de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en la infracción en materia de recursos hídricos prevista en el numeral 3° del artículo 120° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos “Ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, concordante con el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la mencionada Ley, “Construir sin autorización obras de cualquier tipo en las fuentes naturales de agua”, aprobado por Decreto Supremo 001-2010-AG, con el agravante establecido en el numeral 3.1) del artículo 3° de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANA, el cual ratifica la condición de veda de los acuíferos de Ica, Villacurí y Lanchas, estableciendo que: “Manténgase la prohibición de perforación de pozos o de ejecución de cualquier tipo de obra (…)” de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 14 Enero, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua