SANCIONAR a la Cooperativa Agraria de Usuarios San Pablo – CAU San Pablo, con R.U.C. N° 20603843895, con una MULTA administrativa equivalente a CUATRO PUNTO OCHO (4.8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por destinar las aguas a uso distinto para el cual fueron otorgados, proveniente del pozo cocha IRHS-11.03.03-C-8, ubicado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84): 485,307mE – 8´376,935mN del sector San Pablo, distrito de Ingenio, provincia de Nasca, departamento de Ica, sin contar con la autorización de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en la infracción tipificada en el artículo 120° numeral 13) “Contravenir cualquiera de las disposiciones previstas en la Ley o Reglamento, de la Ley de Recursos Hídricos N° 29338, concordante con el literal g) “destinar las aguas a uso o predio distinto para el cual fueron otorgados sin autorización de la Autoridad Nacional de Agua” del Art. 277° del Reglamento, aprobado por el D.S. 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.