R.TNRCH. Nº 0731-2025-ANA

Resumen

CUT: 114289-2025.

IMPUGNANTE: Hermecides Pérez Espinoza.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

620-2025

Sumilla

El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0730-2025-ANA

Resumen

CUT: 129565-2023.

IMPUGNANTE: Meregilda Valentina Ramírez Pantigoso.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador- Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar el agua sin derecho o autorización. Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Los procedimientos se evalúan según sus circunstancias particulares, por lo que no es determinante lo resuelto en otro procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley N° 29338, de Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a) y el literal b) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado. 

SANCIÓN: 4.2 UIT - Grave.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

237-2025

Sumilla

Los procedimientos se evalúan según sus circunstancias particulares, por lo que no es determinante lo resuelto en otro procedimiento.

Marco normativo

Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley N° 29338, de Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a) y el literal b) del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0729-2025-ANA

Resumen

CUT: 980-2024.

IMPUGNANTE: Juan Caja Mantilla.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica solo certifica la existencia de agua en cantidad, calidad y oportunidad, por lo que no se requiere acreditar título de propiedad o posesión legítima.

MARCO NORMATIVO: Artículos 79º y 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; y, artículo 13º del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

106-2025

Sumilla

La acreditación de disponibilidad hídrica solo certifica la existencia de agua en cantidad, calidad y oportunidad, por lo que no se requiere acreditar título de propiedad o posesión legítima

Marco normativo

Artículos 79º y 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; y, artículo 13º del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0728-2025-ANA

Resumen

CUT: 75170-2025.

IMPUGNANTE: Municipalidad Provincial de Antabamba.

ÓRGANO: AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos sin autorización.

SUMILLA: Las acciones realizadas para mitigar el impacto de las aguas residuales municipales, no exime de la responsabilidad por el vertimiento sin autorización.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 2.1 UIT - Grave.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

376-2025

Sumilla

Las acciones realizadas para mitigar el impacto de las aguas residuales municipales, no exime de la responsabilidad por el vertimiento sin autorización.

Marco normativo

Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0727-2025-ANA

Resumen

CUT: 271179-2024.

IMPUGNANTE: Crisanto Darío Robles Tolentino.

ÓRGANO: ALA Huaura.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Intervención de terceros.

SUMILLA: La intervención de terceros no procede cuando el procedimiento ha concluido, por lo que resulta innecesario evaluar la legitimidad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

197-2025

Sumilla

La intervención de terceros no procede cuando el procedimiento ha concluido, por lo que resulta innecesario evaluar la legitimidad

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0726-2025-ANA

Resumen

CUT: 86522-2025.

SOLICITANTES: Silvia Melo Huayapa y el Comité de usuarios de Agua Hanccoyo Umasuyo Alto Alto -Ayaviri.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: No corresponde declarar la nulidad de una resolución que otorgó la acreditación de disponibilidad hídrica cuando se ha cumplido con los requisitos y se ha determinado técnicamente que no existe afectación a derechos de terceros.

MARCO NORMATIVO: Artículos 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 13° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007- 2015-ANA

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

500-2025

Sumilla

No corresponde declarar la nulidad de una resolución que otorgó la acreditación de disponibilidad hídrica cuando se ha cumplido con los requisitos y se ha determinado técnicamente que no existe afectación a derechos de terceros

Marco normativo

Artículos 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 13° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007- 2015-ANA

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0725-2025-ANA

Resumen

CUT: 85562-2025.

IMPUGNANTE: Francisco Javier Luna Arista y Henry Ponciano Cornejo Ruelas.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Regularización de uso de agua.

SUMILLA: El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de regularización, requiere la acreditación del uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública hasta el 31.12.2014

MARCO NORMATIVO: Artículos 3°, 4° y 6 del Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI, artículos 2°, 3°, 4° de la Resolución Jefatural N° 177-2015-ANA.

SENTIDO: Infundados.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

428-2025

Sumilla

El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de regularización, requiere la acreditación del uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública hasta el 31.12.2014.

Marco normativo

Artículos 3°, 4° y 6 del Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI, artículos 2°, 3°, 4° de la Resolución Jefatural N° 177-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0724-2025-ANA

Resumen

CUT: 137379-2025.

ADMINISTRADO: Minera Chinalco S.A.

ÓRGANO: TNRCH.

MATERIA: Cumplimiento de mandato judicial.

SUBMATERIA: Suspensión de acto administrativo.

SUMILLA: En cumplimiento del mandato judicial, se suspende provisionalmente los efectos de la Resolución Nº 393- 2019-ANA/TNRCH.

MARCO NORMATIVO: Artículo 4º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y numeral 45.1 del artículo 45º del TUO de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo

SENTIDO: Suspensión de la resolución.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

743-2025

Sumilla

En cumplimiento del mandato judicial, se suspende provisionalmente los efectos de la Resolución Nº 393- 2019-ANA/TNRCH.

Marco normativo

Artículo 4º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y numeral 45.1 del artículo 45º del TUO de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0723-2025-ANA

Resumen

CUT: 98107-2022.

IMPUGNANTE: Minera Las Bambas S.A.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Cumplimiento de mandato judicial.

SUBMATERIA: Formalización de licencia de uso de agua.

SUMILLA: En cumplimiento del mandato judicial se emite nuevo pronunciamiento declarando la nulidad de la licencia de uso de agua e improcedente la solicitud de formalización.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 139° de la Constitución Política del Perú, artículo 4° del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial, numeral 1 del artículo 41º de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo.

SENTIDO: Nulo de oficio e improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

690-2025

Sumilla

En cumplimiento del mandato judicial se emite nuevo pronunciamiento declarando la nulidad de la licencia de uso de agua e improcedente la solicitud de formalización.

Marco normativo

 Numeral 2 del artículo 139° de la Constitución Política del Perú, artículo 4° del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial, numeral 1 del artículo 41º de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0722-2025-ANA

Resumen

CUT: 105141-2025.

IMPUGNANTE: Nicolas Félix Monge Grimaldi.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

520-2025

Sumilla

El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas