R.TNRCH. Nº 0558-2025-ANA

Resumen

CUT: 175833-2024.

IMPUGNANTE: Fidel Wilber Chávez Mamani.

ÓRGANO: ALA Tambo Alto Tambo.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de uso de agua.

SUMILLA: Cuando el predio objeto de la solicitud se encuentra en un bloque de riego que cuenta con asignación de agua se aplicarán los supuestos de excepción contemplados en la normativa para la formalización.

MARCO NORMATIVO: Literal g) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2024-MINAGRI.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1334-2024

Sumilla

Cuando el predio objeto de la solicitud se encuentra en un bloque de riego que cuenta con asignación de agua se aplicarán los supuestos de excepción contemplados en la normativa para la formalización.

Marco normativo

Literal g) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2024-MINAGRI.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0557-2025-ANA

Resumen

CUT: 175804-2024.

IMPUGNANTE: Norma Soledad Chávez Mamani Viuda De Aguilar.

ÓRGANO: ALA Tambo Alto Tambo.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de uso de agua.

SUMILLA: Cuando el predio objeto de la solicitud se encuentra en un bloque de riego que cuenta con asignación de agua se aplicarán los supuestos de excepción contemplados en la normativa para la formalización.

MARCO NORMATIVO: Literal g) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2024-MINAGRI.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1333-2024

Sumilla

Cuando el predio objeto de la solicitud se encuentra en un bloque de riego que cuenta con asignación de agua se aplicarán los supuestos de excepción contemplados en la normativa para la formalización.

Marco normativo

Literal g) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2024-MINAGRI.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0556-2025-ANA

Resumen

CUT: 161632-2022.

IMPUGNANTE: Pedro de Antioquía Goicochea Cabanillas.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Corresponde desestimar la acreditación de disponibilidad hídrica cuando no existe una evaluación técnica de la fuente.

MARCO NORMATIVO: artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 9° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

810-2023

Sumilla

Corresponde desestimar la acreditación de disponibilidad hídrica cuando no existe una evaluación técnica de la fuente.

Marco normativo

artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 9° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0555-2025-ANA

Resumen

CUT: 135736-2023.

IMPUGNANTE: Hotel Laguna Seca S.A.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica -Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica requiere que en el balance hídrico se contemple la oferta hídrica actual.

MARCO NORMATIVO: Numeral 81.1 del artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y Formato N° 06 del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 007- 2015-ANA.

SENTIDO: Fundado, nulo, retrotraer.

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

816-2024

Sumilla

La acreditación de disponibilidad hídrica requiere que en el balance hídrico se contemple la oferta hídrica actual.

Marco normativo

Numeral 81.1 del artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y Formato N° 06 del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 007- 2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0554-2025-ANA

Resumen

CUT: 72272-2024.

IMPUGNANTE: Armando Genaro Pérez Angulo.

ÓRGANO: ALA Caplina - Locumba.

MATERIA: Permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Superávit hídrico.

SUMILLA: No corresponde otorgar un permiso de uso de agua cuando el predio no cuenta con las obras autorizadas para el aprovechamiento hídrico.

MARCO NORMATIVO: Artículo 60° de la Ley de Recursos Hídricos y Artículo 34° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

856-2024

Sumilla

No corresponde otorgar un permiso de uso de agua cuando el predio no cuenta con las obras autorizadas para el aprovechamiento hídrico.

Marco normativo

Artículo 60° de la Ley de Recursos Hídricos y Artículo 34° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0553-2025-ANA

Resumen

CUT: 12447-2022.

IMPUGNANTE: Comisión de Usuarios del Subsector Hidráulico Menor Chivay Anansaya.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica se desestima cuando el administrado no subsana las observaciones realizadas en el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 81.1 del artículo 81° y artículo 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

918-2024

Sumilla

La solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica se desestima cuando el administrado no subsana las observaciones realizadas en el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 81.1 del artículo 81° y artículo 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0552-2025-ANA

Resumen

CUT: 73088-2024.

IMPUGNANTE: Gobierno Regional de Ayacucho.

ÓRGANO: AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Arrojar residuos sólidos en cauces, fajas marginales o cuerpos de agua.

SUMILLA: Por el principio de Razonabilidad, corresponde reducir la multa impuesta cuando supera el rango establecido al tipo de calificación de la infracción.

MARCO NORMATIVO: Numeral 10 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal e del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Fundado en parte.

SANCION: 4.99 UIT - Grave.

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

133-2025

Sumilla

Por el principio de Razonabilidad, corresponde reducir la multa impuesta cuando supera el rango establecido al tipo de calificación de la infracción.

Marco normativo

Numeral 10 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal e del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0551-2025-ANA

Resumen

CUT: 38401-2023.

IMPUGNANTE: Marianela Quispitupa Rojas.

ÓRGANO: AAA Urubamba Vilcanota.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Ocupar o desviar los cauces de agua sin autorización. Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales.

SUMILLA: Las constancias de posesión no otorgan derecho para ocupar el talud de un rio.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCION: 0.5 UIT - leve.

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

055-2025

Sumilla

Las constancias de posesión no otorgan derecho para ocupar el talud de un rio.

Marco normativo

Numeral 6 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0495-2025-ANA

Resumen

CUT: 98299-2024.

IMPUGNANTE: Carlos Emilio Jiménez Soto.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 21 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1237-2024

Sumilla

El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0550-2025-ANA

Resumen

CUT: 240173-2023.

IMPUGNANTE: Minera Yanacocha S.R.L.

ÓRGANO: Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos.

MATERIA: Autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas.

SUBMATERIA: Otorgamiento.

SUMILLA: La Autoridad Nacional del Agua no es competente para variar las condiciones aprobadas en el instrumento de gestión ambiental.

MARCO NORMATIVO: Artículo 79° de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 133°, 137° y 139° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 5°, 20°, 25° del Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1128-2024

Sumilla

La Autoridad Nacional del Agua no es competente para variar las condiciones aprobadas en el instrumento de gestión ambiental.

Marco normativo

Artículo 79° de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 133°, 137° y 139° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 5°, 20°, 25° del Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor