R.TNRCH. Nº 0487-2019-ANA

Resumen

CUT N°:15237-2019.

IMPUGNANTE: Municipalidad Provincial de Pomobamba.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Dañar las obras de infraestructura hidráulica publica

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Provincial de Pomabamba contra la Resolución Directoral N°2200-2018-ANA.AAA.M, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción
imputada.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del Articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal o) del articulo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Lunes, 22 Abril, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

144-2019

Sumilla

Se configura infracción Dañar las obras de infraestructura hidráulica publica, al haber colapsado un tramo de un cana por la construcción de una carretera, sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

Marco normativo

Numeral 5 del Articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal o) del articulo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0486-2019-ANA

Resumen

CUT N°:165164-2018.

IMPUGNANTE: Empresa Minera Los Quenuales S.A.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rimac-Lurín.

MATERIA: Retribución Económica.

SUBMATERIA: Por el uso de agua

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Empresa Minera Los Quenuales S.A. contra la Resolución Administrativa N°286-2018-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL, debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a Ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 3°, artículo 2°, artículo 176°, artículo 177° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA y artículo 91° de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Lunes, 22 Abril, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1160-2018

Sumilla

Las Resoluciones sobre el pago de la retribución económica es el pago de forma obligatoria que debe abonarse al estado, no es susceptible de impugnación.

Marco normativo

Artículo 3°, artículo 2°, artículo 176°, artículo 177° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA y artículo 91° de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0485-2019-ANA

Resumen

CUT N°:46928-2019.

SOLICITANTE: Lesly Sofía Zapata Purizaca.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Tarifa por Uso de Infraestructura Hidráulica.

SUBMATERIA: Intervención de terceros

SUMILLA: No haber mérito para declararla nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°3070-2017-ANA-AAA-JZ-V presentada por la señora Lesly Sofía Zapata Purizaca, porque dicha resolución no incurre en las causales de nulidad contempladas en el articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: articulo 213°, numeral 60.1 del articulo 60°, artículo 14°, articulo 10° todos del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Lunes, 22 Abril, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

236-2019

Sumilla

Las pretensiones impugnatorias promovidas a través de recursos administrativos por terceros que se consideran ajenos a un procedimiento y que se interpongan directamente ante el Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas, se declaran improcedentes

Marco normativo

articulo 213°, numeral 60.1 del articulo 60°, artículo 14°, articulo 10° todos del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0481-2019-ANA

Resumen

CUT N°:20506-2019.

IMPUGNANTE: Sita Roque Quispe.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Formalización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación presentado por la señora Sita Roque Quispe contra la Resolución Directoral N°2068-2018-ANA/AAA.CO, debido a que acreditó la posesión y el uso público, pacifico y continuo del agua en el predio para el cual se solicita la licencia de uso de agua en via de formalizaclón, revocándose la misma y disponiendo que la Autoridad Administrativa del Agua Caplina-Ocoña otorgue licencia de uso de agua a la señora Sita Roque Quispe para los predios denominados "Cerca del Rio" y "Rivera del Rio".

MARCO NORMATIVO: Artículos 3°, 6° y 9° del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI, artículos 1°, 2°, 4° de la Resolución Jefatural N°177-2015- ANA.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Lunes, 22 Abril, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

216-2019

Sumilla

Cumplió con los requisitos, acreditó la posesión, el uso público, pacifico y continuo del agua en el predio para el cual se solicita la licencia de uso de agua en vía de formalización.

Marco normativo

Artículos 3°, 6° y 9° del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI, artículos 1°, 2°, 4° de la Resolución Jefatural N°177-2015- ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0467-2019-ANA

Resumen

CUT N°:8083-2018.

IMPUGNANTE: Nicolas Huayta Cornilluni.

ÓRGANO: ALA Caplina-Locumba.

MATERIA: Solicitud de Extinción de Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Acto no impugnable

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación presentado por el señor Nicolás Huayta Cormilluni contra la Carta N°1709-2018-ANA-AAA. CO-ALA. CL, por no existir un procedimiento administrativo en curso.

MARCO NORMATIVO: Numeral 217.2 del artículo 217°, artículo 116°, numeral 1.1 del articulo 1° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Abril, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

058-2019

Sumilla

Las cartas informativas por las cuales la autoridad comunica que el procedimiento principal, no tienen la condición de acto administrativo y, por lo tanto, no son impugnables.

Marco normativo

Numeral 217.2 del artículo 217°, artículo 116°, numeral 1.1 del articulo 1° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0446-2019-ANA

Resumen

CUT N°:21703-2019.

SOLICITANTE: Carmen Rosa Fernández Hernández.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Extemporáneo

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la señora Carmen Rosa Fernández Hernández contra la Resolución Directoral N°002-2016-ANA-AAA-CH. CH, por haberse presentado en forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Abril, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

152-2019

Sumilla

El recurso de apelación fue presentado cuando ya había vencido el plazo previsto para impugnar la Resolución; por el cual, deviene en improcedente por haberse presentado en forma extemporánea.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0435-2019-ANA

Resumen

CUT N°:281-2019.

IMPUGNANTE: Rosalio Centeno Maihuire.

ÓRGANO: ALA Ica.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Rosalio Centeno Maihuire contra la Resolución Administrativa N°310-2018-ANA-AAA.CHCH-ALA.I, debido a que se han desvirtuado los argumentos del impugnante.

MARCO NORMATIVO: Articulo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el articulo 23° del Reglamento de procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Abril, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

022-2019

Sumilla

Se encuentran facultadas para otorgar Licencias de Uso de Agua por cambio de titular del predio si y solo si, se mantengan las mismas condiciones con las cuales se otorgó el titulo primigenio.

Marco normativo

Articulo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el articulo 23° del Reglamento de procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0466-2019-ANA

Resumen

CUT N°:191378-2018.

IMPUGNANTE: Marcelina Revila Mendivil.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Formalización de licencia de uso de agua

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de las Resoluciones Directorales N°3473-2017-ANA/AAA I C-O y N°661-2018-ANA/AAA I C-O, por advertirse la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; e improcedente la solicitud de formalización de licencia de uso de agua ingresada por la señora Marcelina Revilla Mendivil, debido a que la misma fue presentada de manera extemporánea.

MARCO NORMATIVO: Articulo 4° del Decreto Supremo N" 007-2015-MlNAGRI, numeral 213.2 del artículo 213°, numeral 13.1 del artículo 13°, numeral 1 del artículo 10°, del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Abril, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

128-2019

Sumilla

Se declara la nulidad por lo cual improcedente por extemporánea la solicitud de formalización de licencia de uso de agua

Marco normativo

Articulo 4° del Decreto Supremo N" 007-2015-MlNAGRI, numeral 213.2 del artículo 213°, numeral 13.1 del artículo 13°, numeral 1 del artículo 10°, del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0463-2019-ANA

Resumen

CUT N°:7919-2019.

IMPUGNANTE: Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Retribución Económica.

SUBMATERIA: Por el uso del agua

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa N°666-2018-ANA-AAA. CF.ALA.CHRL por encontrarse incursa en la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, y carece de objeto emitir pronunciamiento respecto a los recursos presentados por Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A.

MARCO NORMATIVO: Artículo 3° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA, Numeral 1 del artículo 10° , Numeral 213.1 del artículo 213° todos del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Abril, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

078-2019

Sumilla

Los recursos impugnatorios contra las resoluciones administrativas que requieren el pago de los recibos de retribución económica son improcedentes de plano, debido a que el requerimiento de pago es el acto previo de la ejecución forzosa, por lo que no resulta impugnable.

Marco normativo

Artículo 3° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA, Numeral 1 del artículo 10° , Numeral 213.1 del artículo 213° todos del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0461-2019-ANA

Resumen

CUT N°:62548-2018.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Distrito de Riego Moquegua.

ÓRGANO: ALA Moquegua.

MATERIA: Organizaciones de Usuarios de Agua.

SUBMATERIA: Acto no impugnable

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Moquegua contra el Oficio N°421-2018-ANA-AAA I C-O/ALA MOQUEGUA, en aplicación del numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: Numeral 217.2 del artículo 217° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Abril, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

080-2019

Sumilla

Se declara improcedente solicitar recurso de apelación cuando la resolución constituyen actos de gestión y no actos administrativos, pues no resuelve una situación particular, y por tal razón, no son impugnables en esta instancia.

Marco normativo

Numeral 217.2 del artículo 217° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor