R.TNRCH. Nº 0534-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 66666-2022.

SOLICITANTE: Comunidad Campesina Indígena de Santa Bárbara.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 0386-2019-ANA-AAA X MANTARO, solicitada por la Comunidad Campesina Indígena de Santa Bárbara, por haber prescrito la facultad de este Tribunal para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.

MATERIA: Licencia de uso de agua 

SUB MATERIA:  Regularizacion o formalización de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: No Haber Merito

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

333-2022

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0532-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 30185-2022.

SOLICITANTE: Humberto Farroñan Juárez.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 362-2018-ANA-AAA-JZ-V, solicitada por el señor Humberto Farroñan Juárez, debido a que la facultad de este Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas ha prescrito.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Prescripcion de facultad para declarar nulidad de oficio

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: No Haber Merito

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

245-2022

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0543-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 73932-2022.

SOLICITANTE:  Emilia Cristina Palma Simón.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N° 269-2009-ANAALA PALPA-NASCA, por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Prescripcion de fecultad para declarar nulidad de oficio

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: No haber merito

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0542-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 69936-2022.

SOLICITANTE: Barrio San Juan – Comunidad Campesina de Ayancocha.

ÓRGANO: ALA Alto Huallaga.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N° 152-2012-ANA-ALA-AH, debido a que ha prescrito la facultad de este tribunal para declarar la nulidad de oficio del referido acto administrativo.  

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Regularización o formalizacion de Licencia de Uso de Agua.

MARCONORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: No haber merito

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

351-2022

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0540-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 206998-2021.

SOLICITANTES: Teodoro Quineche Sánchez y María Luisa Doloriel de Quineche.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa N° 059-2021-ANAAAA.CF-ALA.CH.H. y la Resolución Directoral N° 0892-2021-ANA-AAA.CF, solicitada por los señores Teodoro Quineche Sánchez y María Luisa Doloriel de Quineche, debido a que no se ha configurado alguna causal de nulidad regulada en el artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. 

MATERIA: Licencia de uso de agua 

SUB MATERIA: Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

Suspensión de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber merito

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

013-2022

Sumilla

Los impugnante no han demostrado afectación alguna respecto de los hechos expuestos en su solicitud.

Marco normativo

Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0538-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 16845-2021.

SOLICITANTE: Agrícola Andrea S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Nº 322-2021-ANA/TNRCH, debido a que dicho acto administrativo se emitió conforme a ley.

MATERIA:  Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Agotamiento de la via administrativa 

MARCO NORMATIVO: Artículo 22° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos. 
Artículo 26° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

SENTIDO: No haber merito

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

083-2021

Sumilla

Las resoluciones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas agotan la vía administrativa y todo cuestionamiento será ventilado en el Poder Judicial.

Marco normativo

Artículo 22° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos. 
Artículo 26° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0537-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 189019-2021.

SOLICITANTE: Noe Torres Armijos.

ÓRGANO: ALA San Lorenzo.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N° 0146-2021-ANAAAA.JZ-ALA.SL, debido a que no se ha configurado alguna causal de nulidad regulada en el artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Superavit hidrico

MARCO NORMATIVO: Artículo 8° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber merito

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

308-2022

Sumilla

Este Tribunal no posee competencia para determinar cuál de las partes ostenta un mejor derecho, 
pues dicha cuestión deberá resolverse en la vía correspondiente y ante la autoridad competente.

Marco normativo

Artículo 8° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0536-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 151140-2019.

SOLICITANTES: Katerine Alejandra Soto Balarezo y Carlos Antonio Bances Ferroñan.

ÓRGANO: ALA Motupe-Olmos-La Leche.

SUMILLA: Se declara no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa Nº 114-2022-ANAAAA.JZ-ALA.MOLL solicitada por los señores Katerine Alejandra Soto Balarezo y Carlos Antonio Bances Ferroñan, debido a que no se ha configurado alguna causal de nulidad regulada en el artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Reposición de Servidumbre de Riego.

SUB MATERIA: Nulidad de oficio o acto administrativo

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: No haber merito

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

396-2022

Sumilla

La resolución apelada no se pronuncia sobre un aspecto de responsabilidad de los administrados; en consecuencia, no procede efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los impugnantes.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0535-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 132700-2021.

SOLICITANTE: Andrés Faustiniano Checca Vilca.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Nº 236-2022-ANA-TNRCH, solicitada por el señor Andrés Faustiniano Checca Vilca debido a que el referido acto administrativo fue emitido conforme a ley. Asimismo, se dispone la rectificación del numeral 6.4.5 de la Resolución Nº 236-2022-ANA-TNRCH.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Agotamiento de la via administrativa 

MARCO NORMATIVO: Artículo 22° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos. 
Artículo 26° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

SENTIDO: No haber merito

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

620 – 2021

Sumilla

Las resoluciones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas agotan la vía administrativa y todo cuestionamiento será ventilado en el Poder Judicial.

Marco normativo

Artículo 22° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos. 
Artículo 26° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0505-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 86858-2022.

SOLICITANTE: Minera Las Bambas S.A.

ÓRGANO: AAA Pampas-Apurímac.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 443-2020-ANA-AAA.PA, por haber sido emitida conforme a derecho.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA : Extincion y otorgamiento de licencia de uso de agua 

MARCO NORMATIVO: Artículo 6° y artículo IV del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No Haber Merito

 

Fecha de Resolución

Lunes, 03 Octubre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

380-2022

Sumilla

Se concluye que la resolución apelada se encuentra acorde con las prerrogativas consagradas en el Principio de Legalidad, pues ha emanado del órgano llamado por ley, en cumplimiento de las disposiciones legales y dentro de las facultades atribuidas a la Autoridad Nacional del Agua.

Marco normativo

Artículo 6° y artículo IV del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor