R.TNRCH. Nº 1281-2024-ANA
Resumen
CUT: 165900-2023.
SOLICITANTE: ARA FOODS INDUSTRY S.A.C.
ORGANO: AAA Huarmey Chicama.
MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.
SUBMATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.
SUMILLA: La nulidad de oficio se declara cuando existe un vicio que afecta el interés público o vulnera derechos fundamentales, lo cual no se configura cuando se trata de cuestionar una sanción consentida por el administrado.
MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: No haber mérito.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
La nulidad de oficio se declara cuando existe un vicio que afecta el interés público o vulnera derechos fundamentales, lo cual no se configura cuando se trata de cuestionar una sanción consentida por el administrado.
Marco normativo
Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.